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Real Decreto Nº 3.177/1983 - Reglamentación técnico sanitaria de aditivos alimentarios.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1983
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 310, 28 de diciembre de 1983, págs. 34692-34696.
Materia
Alimentación y nutrición
Palabra clave
Aditivos alimentarios Registro Normas Envasado/etiquetado Comercio internacional Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

El Reglamento consta de 13 artículos y 2 anexos sobre diluyentes o soportes autorizados para la elaboración de colorantes y antioxidantes, respectivamente. La Reglamentación tiene por objeto definir, a efectos legales, lo que se entiende por aditivos alimentarios y fijar, con carácter obligatorio, las normas de elaboración, comercialización, utilización y, en general, la ordenación técnico-sanitaria de tales productos. Será de aplicación, asimismo, a los productos importados (art. 1º). El artículo 2º define aditivo alimentario, diluyente o soporte, y coadyuvantes tecnológicos. El artículo 3º establece la clasificación y denominaciones, por su origen y en función de su acción. El artículo 4º establece los requisitos industriales, los requisitos higiénico-sanitarios, las condiciones generales de los materiales y las del personal, así como el control de las materias primas y productos terminados. Los aditivos alimentarios deberán inscribirse en el Registro General Sanitario de Alimentos, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto Nº 2.825/1981, de 27 noviembre (art. 5º). Completan la Reglamentación las normas sobre características de los productos (art. 6º), sobre manipulaciones permitidas y prohibidas (art. 7º), sobre envasado, etiquetado y rotulación (art. 8º), sobre almacenamiento, transporte y venta (art. 9º), sobre comercio exterior (art. 10), y sobre toma de muestras y métodos analíticos (art. 12). El artículo 11 establece competencias y responsabilidades. El artículo 13 establece el régimen sancionador.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 2484/1967 - Aprueba el Código Alimentario Español. Texto refundido.

Legislación | España | 1967 (2021)

Palabra clave: Codex Alimentarius, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Institución, Higiene/procedimientos sanitarios, Normas, Bebidas, Cereales/granos/arroz, Condimentos/hierbas/especias, Productos pesqueros, Aditivos alimentarios, Fraude, Frutas/nueces comestibles, Animal/carne de caza, Carne, Leche/productos lácteos, Nutrición, Aceites/semillas oleaginosas/grasas, Plaguicidas, Agua potable, Procesamiento/manipulación, Salud pública, Regímenes dietéticos especiales, Alimentos tratados, Verduras/legumbres, Moluscos, Crustáceos, Envasado/etiquetado, Transporte/depósito, Azúcar, Café/cacao/té, Viticultura/prácticas enológicas, Productos alimenticios nuevos, Productos agrícolas, Alimentos para animales/piensos, Medicamentos, Sanidad animal, Aves de corral, Fertilizantes/nutrientes, Producción vegetal

Fuente: FAO, FAOLEX

Enmendado porr

Real Decreto Nº 1.111/1991 - Modifica el Real Decreto Nº 3.177/1983, Reglamentación técnico-sanitaria de aditivos alimentarios, modificada por el Real Decreto Nº 1.339/1988.

Legislación | España | 1991

Palabra clave: Aditivos alimentarios, Envasado/etiquetado, Normas, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos

Fuente: FAO, FAOLEX

Revocado por

Real Decreto Nº 176/2013 - Deroga total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios. 1ª Parte.

Legislación | España | 2013

Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Higiene/procedimientos sanitarios, Productos agrícolas, Toxicidad/envenenamiento, Procesamiento/manipulación, Aditivos alimentarios, Comercio interior, Comercio internacional, Normas, Envasado/etiquetado, Transporte/depósito

Fuente: FAO, FAOLEX