Real Decreto Nº 1.131/1988 - Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo Nº 1.302/1986, Evaluación del impacto ambiental. Pays/Territoire Espagne Type du document Règlement Date 1988 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Boletín Oficial del Estado Nº 239, 5 de octubre de 1988, págs. 28911-28916. Sujet Environnement gén., Eau Mot clé EIA Inspection Préservation de l'écosystème Éco-audit Normes environnementales Conservation de l'énergie/production de l'énergie Pollution par les hydrocarbures Exploitation minière Institution Infractions/sanctions Normes Protection de l’environnement Pollution des eaux douces Eaux usées/déversement Lutte contre la pollution Aire géographique Europe, Europe et Asie Centrale, Pays de l'Union Européenne, Méditerranée, Atlantique Nord, Atlantique du Nord-Est, Europe du Sud Résumé El Reglamento consta de 4 capítulos, 30 artículos, 1 disposición adicional y 2 anexos. INDICE: Disposiciones generales (I); La evaluación de impacto ambiental y su contenido (II): Evaluación de impacto ambiental (1), Estudio de impacto ambiental (2), Procedimiento (3); Evaluaciones de impactos ambientales con efectos transfronterizos (III); Vigilancia y responsabilidad (IV); Conceptos técnicos (anexo 1); Especificaciones relativas a las obras, instalaciones o actividades comprendidas en el anexo del Real Decreto Legislativo Nº 1302/1986, de evaluación de impacto ambiental (anexo 2). El capítulo I comprende disposiciones generales definitorias del objeto y ámbito de aplicación. El capítulo II desarrolla el procedimiento de evaluación de impacto ambiental (EIA); concibe la EIA como un proceso que se inicia con la definición genérica del proyecto que se pretende realizar y culmina con la "declaración de impacto" que formula el órgano ambiental, en la que se recogen las condiciones que deben establecerse en orden a la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales. La evaluación se realiza sobre la base de un estudio de impacto cuyo contenido se especifica, y para cuya elaboración se cuenta con la máxima información que le será suministrada al titular del proyecto y responsable de la realización del estudio, por la Administración, quien la podrá obtener de personas, instituciones cualificadas y administraciones públicas, previa consulta sobre los extremos del proyecto que a su juicio pueden tener incidencia medioambiental. Realizado el estudio, éste, conjunta o separadamente del proyecto, según esté o no previsto en el procedimiento sustantivo, será sometido a información pública y a los demás informes que en cada caso se consideren oportunos. Con este proceder se consigue la realización de una EIA objetiva evitando dilaciones innecesarias. El capítulo III regula las EIA con efectos transfronterizos. Y el capítulo IV regula la vigilancia, responsabilidad y confidencialidad de la información. Una disposición adicional regula la armonización de las legislaciones sectoriales. Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Reglamento los proyecto relacionados con la defensa nacional y aquellos aprobados específicamente por una ley del Estado. Texte intégral Espagnol Références - Législation Implemente Real Decreto Legislativo Nº 1302/1986 - Evaluación del impacto ambiental. Législation | Espagne | 1986 Mot clé: EIA, Inspection, Préservation de l'écosystème, Éco-audit, Normes environnementales, Conservation de l'énergie/production de l'énergie, Pollution par les hydrocarbures, Exploitation minière, Normes, Protection de l’environnement, Pollution des eaux douces, Eaux usées/déversement, Lutte contre la pollution Source: FAO, FAOLEX Abrogé par Ley Nº 21/2013 - Ley de Evaluación Ambiental. Législation | Espagne | 2013 (2018) Mot clé: EIA, Inspection, Préservation de l'écosystème, Lutte contre la pollution, Éco-audit, Normes environnementales, Gestion des déchets, Élimination de déchets, Procédures judiciaires/procédures administratives, Autorisation/permis, Infractions/sanctions, Pollution de la mer, Pollution du sol/qualité, Remise en état des sols, Protection de l'habitat, Conservation de l'énergie/production de l'énergie, Exploitation minière, Monitorage, Engrais/nutriments, Substances dangereuses, Déchets dangereux, Responsabilité/indemnisation, Législation de base, Normes, Protection de l’environnement, Gestion des resources en eau douce, Développement durable Source: FAO, FAOLEX