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Bordenave Sofía A. s/Mandamus

Country/Territory
Argentina
Type of court
National - lower court
Date
Mar 17, 2005
Source
UNEP, InforMEA
Court name
Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro
Judge
Lutz, L.
Balladini, A., I.
Sodero Nievas, V., H.
Reference number
EXPTE. No 18726/03
Language
Spanish
Subject
Waste & hazardous substances
Keyword
Hazardous substances GMO
Abstract
La actora con domicilio en San Carlos de Bariloche, recurre por sí, en el carácter de consumidora y en representación de CEDHA. (FUNDACION CENTRO DE DERECHOS HUMANOS Y AMBIENTE) en amparo colectivo a fs. 62/70 según la Ley N* 2779 y el art. 43 de la Constitución Provincial; peticionó se condene "... a la Direccion de Inspeccion General de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche a que produzca la lista con la nómina de productos transgénicos que se comercializan en su jurisdicción y provea de las mismas a los comercios correspondientes cumpliendo con las normas establecidas por la Constitución Nacional, la Ley de Protección del Consumidor y el art 1° de la ordenanza 1121, ratificada por unanimidad por el Concejo Deliberante de San Carlos de Bariloche. Entre otros argumentos, la requerida ha sostenido que la Ordenanza N* 1121 del 31-5-2001, aprobada en los términos del art. 17 de la Carta Orgánica Municipal, resulta de imposible cumplimiento y que se opone diametralmente a la postura del país en cuanto al comercio internacional. El Tribunal entre otro analiza los posibles peligros para la salud humana y el daño al medio ambiente relacionado a la utilización de alimentos transgénicos, los criterios de la Union Europea, de La Organización Mundial de la Salud, el regimen Argentino y el derecho a la información y concluye que la Ordenanza N* 1121 está vigente y debe ser cumplida en jurisdicción de la Municipalidad. Por eso resuelve: Hacer lugar al mandamus interpuesto por la actora de las presentes actuaciones. Ordenar a la Municipalidad dé cumplimiento en el plazo de noventa (90) días a partir de la notificación de la sentencia, a la Ordenanza N* 1121/01 -sancionada el 7-5-2001 y ratificada por unanimidad por el Concejo Deliberante el 31-5-2001, en tanto la misma continúe vigente con la actual redacción-, exigiendo a los comercios habilitados a poner a disposición de los usuarios/consumidores un listado con la nómina de productos transgénicos, como así también un cartel visible que indique la disponibilidad de ese listado, y demás disposiciones vigentes.
Full text
COU-143734E.pdf

References

Cites

Convention on Biological Diversity

Treaty | Multilateral | Rio de Janeiro |

Keyword: Sustainable use, Subsidy/incentive, Policy/planning, Ecosystem preservation, Access and benefit sharing, Traditional rights/customary rights, Protected area, Management/conservation, Financing, Institution, Liability/compensation, Protection of habitats, Alien species, Biodiversity, EIA, Research, Monitoring, Genetic resources, Dispute settlement, Ex-situ conservation, Data collection/reporting, Technology transfer, Biotechnology, Education, Crops/grasses

Source: IUCN (ID: TRE-001148)

Cartagena Protocol on Biosafety to the Convention on Biological Diversity

Treaty | Multilateral | Montreal |

Keyword: Food quality control/food safety, Precautionary principle, Transport/storage, Biosafety, Biotechnology, Access-to-information, Sustainable use, Education, International trade, GMO, International agreement-text, Biodiversity, Financing, Packaging/labelling, Transboundary effects, Risk assessment/management, Institution, Monitoring, Liability/compensation

Source: IUCN (ID: TRE-001327)