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Real Decreto Nº 179/1985 - Reglamentación técnico-sanitaria de mataderos de aves, salas de despiece, industrialización, almacenamiento, conservación, distribución y comercialización de sus carnes.

Pays/Territoire
Espagne
Type du document
Règlement
Date
1985
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Boletín Oficial del Estado Nº 40, 15 de febrero de 1985, pág. 3830.
Sujet
Alimentation et nutrition
Mot clé
Produits de volaille Transformation/manutention Abattage Fraude Commerce intérieur
Aire géographique
Europe, Europe et Asie Centrale, Pays de l'Union Européenne, Méditerranée, Atlantique Nord, Atlantique du Nord-Est, Europe du Sud
Entry into force notes
Entrada en vigor el 16 de Febrero de 1985.
Résumé

Esta Reglamentación se aplicará: a) a todas las aves, en cuanto son objeto inmediato de sacrificio con destino al consumo humano; b) a la carne y despojos de las aves, frescas o que hayan sufrido tratamiento de conservación por frío industrial, tanto de producción nacional como de importación; c) a los productos derivados de las aves, principalmente las partes comestibles; a los aditivos autorizados, así como a los materiales de acondicionamiento, si éstos se hacen necesarios; d) a los establecimientos destinados al sacrificio y faenado de las aves, al despiece de canales, manipulación, industrialización, almacenamiento, distribución y venta de canales, carne, producto y despojos; e) a las personas físicas o jurídicas que se ocupan de aves con destino inmediato al abasto y aquellas que manipulen, industrialicen, almacenen, transporten y/o comercialicen las carne de ave, productos y despojos, cuando ello se realice en el ámbito de los establecimientos referidos en el apartado anterior; y f) a las actuaciones de las entidades de la administración y a los agentes de aduana, servicios de ferrocarriles, compañías de transporte y navegación, que vendrán obligadas a secundar las funciones de inspección y control sanitario o zoosanitario de los servicios oficiales. El articulo 4º incluyen las siguientes definiciones: aves de abasto, faenado, canal, partes de la canal (cuartos), despojos, subproductos, carne, carnización, despiece, canal fresca refrigerada, canal congelada, anejo, mataderos, salas de despiece, industrias de la carne, y almacén frigorífico.

Texte intégral
Espagnol

Références - Législation

Abrogé par

Real Decreto Nº 1.543/1994 - Requisitos sanitarios y de policía sanitaria aplicables a la producción y a la comercialización de carne de conejo doméstico y de caza de granja.

Législation | Espagne | 1994

Mot clé: Viande, Commerce intérieur, Contrôle de qualité alimentaire/innocuité des produits alimentaires, Produits de volaille, Limite maximum de résidu, Résidus, Fraude, Hygiène/procédures sanitaires, Médicaments, Santé des animaux

Source: FAO, FAOLEX

Real Decreto Nº 2.087/1994 - Condiciones sanitarias de producción y comercialización de carnes frescas de aves de corral.

Législation | Espagne | 1994

Mot clé: Contrôle de qualité alimentaire/innocuité des produits alimentaires, Produits de volaille, Commerce intérieur, Autorisation/permis, Hygiène/procédures sanitaires, Inspection, Abattage, Transport/dépôt, Emballage/étiquetage, Certification, Fraude

Source: FAO, FAOLEX