Ley Nº 13 - Estatuto General de Pesca. Pays/Territoire Colombie Type du document Législation Date 1990 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial Nº 39.143, 15 de enero de 1990, pág. 5. Sujet Pêche Mot clé Loi-cadre Institution Pêche maritime Pêche continentale Collecte de données/déclarations Aquaculture Mariculture Redevances de pêche Enregistrement Subvention/incitation Autorisation de pêche Infractions/sanctions Recherche Autorisation/permis Politique/planification Gestion et conservation des pêches Transformation/manutention Produits de la pêche Pêche étrangère Aire géographique Amazone, Amériques, États Andean, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Pacifique du Nord-Est, Amérique du Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé La presente Ley constituye el nuevo texto básico que reglamenta las actividades de pesca en aguas de jurisdicción colombiana. En particular se establece que las disposiciones del Decreto Ley Nº 376 de 1957 quedan abrogadas en la medida en que las mismas son contrarias a las disposiciones de la presente Ley. La Ley se divide en 11 títulos y 80 artículos. El título I "Disposiciones generales" establece los principios básicos que regulan el ejercicio de la pesca y comprende una disposición interesante según la cual el monto de las sanciones pecuniarias así como el valor de las tasas y derechos aplicables al ejercicio de la pesca se establecerán tomando como valor de referencia el salario mínimo legal de un día (art. 6º). El título II, que reviste particular importancia, trata de la organización del subsector pesquero. El artículo 11 prevé la creación del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INPA) que cumplirá, entre otras, las siguientes funciones: 1) ejecutar la política pesquera del Gobierno, 2) contribuir en la formulación de la política pesquera nacional así como en la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo Pesquero, 3) representar al Gobierno en la ejecución de convenios o proyectos relacionados con la actividad pesquera, 4) otorgar autorizaciones, permisos, patentes, concesiones y salvoconductos para la investigación, extracción, procesamiento y comercialización de los recursos pesqueros, así como para el ejercicio de la acuicultura, 5) organizar sistemas adecuados de control y vigilancia para asegurar el cumplimiento de las normas que regulan las actividades de pesca e imponer las sanciones correspondientes. En materia de control y vigilancia de la pesca marítima actuará en coordinación con la Armada Nacional. El INPA es un establecimiento público de orden nacional dotado de personería jurídica y de autonomía administrativa y financiera. Según el artículo 73 de la Ley, el Instituto ha asumido el ejercicio de sus funciones el 1º de julio de 1990 y se ha hecho cargo de todos los bienes y los activos del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente (INDERENA). El título III "De la actividad pesquera" está dividido en cinco capítulos que tratan respectivamente de la investigación, la extracción, el procesamiento y la comercialización de los recursos pesqueros, así como de la acuicultura. El capítulo 2, que se refiere a la extracción, contiene varias disposiciones importantes. El artículo 30 especifica que la pesca en aguas jurisdiccionales colombianas se reserva para las embarcaciones de bandera colombiana o de bandera extranjera que hayan sido contratadas por empresas pesqueras colombianas y que destinen parte de su producción al abastecimiento interno en la proporción que señale el INPA. La pesca extranjera de túnidos y especies afines sólo podrá realizarse: a) mediante asociación con el INPA conforme a las condiciones establecidas según reglamento o b) mediante contrato de afiliación o fletamento con una empresa colombiana que reúna los requisitos establecidos por vía reglamentaria (art. 31). Por último, el artículo 32 alienta la formación de una flota colombiana, facultando al INPA para: 1) limitar la pesca de ciertas especies a la flota nacional, 2) establecer tarifas diferenciales para las tasas y derechos de manera que se favorezca a las embarcaciones de bandera colombiana, 3) promover el establecimiento de estímulos para la construcción naval y para la nacionalización de embarcaciones extranjeras. El título IV trata de los modos de adquirir derecho para ejercer la actividad pesquera y de las tasas y derechos correspondientes. A continuación la Ley define las competencias del INPA para establecer las vedas y áreas de reserva (título V); el régimen de infracciones, prohibiciones y sanciones (título VI); y el establecimiento del Registro General de Pesca y Acuicultura (título VII). El título VIII examina el concepto de pescador y establece principalmente la obligación que los barcos de pesca extranjeros empleen no menos del 20 por ciento de tripulación colombiana. La Ley se concluye con disposiciones relativas a la coordinación interinstitucional (título IX), a los incentivos sobre todo de carácter financiero a la actividad pesquera (título X). Las disposiciones finales tienen por objeto asegurar la transición entre el INPA y las entidades preexistentes como el INDERENA. Texte intégral Espagnol Références - Législation Amende Decreto Nº 1.681 - Recursos hidrobiológicos. Législation | Colombie | 1978 Mot clé: Aquaculture, Taxe/impôt, Pêche maritime, Institution, Commerce international, Infractions/sanctions, Navire de pêche, Gestion et conservation des pêches, Pêche artisanale, Zones marines protégées Source: FAO, FAOLEX Implementé par Decreto Nº 2256 - Reglamenta la Ley Nº 13 de 1990, Estatuto General de Pesca. Législation | Colombie | 1991 Mot clé: Institution, Procédures judiciaires/procédures administratives, Pêche maritime, Pêche continentale, Pêche artisanale, Pêche non-commerciale, Recherche, Transformation/manutention, Commerce intérieur, Navire de pêche, Aquaculture, Entité non-gouvernementale, Royalties/redevances, Concession, Périodes, Engins de pêche/méthodes de pêche, Zone de pêche protégée, Enregistrement, Collecte de données/déclarations, Subvention/incitation, Ressources génétiques, Autorisation de pêche, Gestion et conservation des pêches, Autorisation/permis Source: FAO, FAOLEX Decreto Nº 1.334 - Aprueba los estatutos del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INPA). Législation | Colombie | 1991 Mot clé: Institution, Aquaculture Source: FAO, FAOLEX Amendé par Decreto Nº 1.300 - Crea el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (INCODER). Législation | Colombie | 2003 Mot clé: Institution, Développement agricole, Aires défavorisées, Politique/planification, Procédures judiciaires/procédures administratives, Réforme agraire, Crédit, Peuples autochtones Source: FAO, FAOLEX Decreto Nº 2.478 - Modifica la estructura del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Législation | Colombie | 1999 Mot clé: Institution Source: FAO, FAOLEX Resolución Nº 995 - Delega una función en el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura. Législation | Colombie | 1991 Mot clé: Institution, Commerce intérieur, Commerce international, Autorisation de pêche, Produits de la pêche, Gestion et conservation des pêches, Autorisation/permis Source: FAO, FAOLEX Ley Nº 1851 - Establece medidas en contra de la pesca ilegal y el delito de ilícita actividad de pesca en el territorio marítimo colombiano. Législation | Colombie | 2017 Mot clé: Législation de base, Pêche maritime, Pêche artisanale, Autorisation de pêche, Navire de pêche, Engins de pêche/méthodes de pêche, Procédures judiciaires/procédures administratives, Infractions/sanctions, Cour/tribunaux, Gestion et conservation des pêches, Autorisation/permis Source: FAO, FAOLEX