Ley Nº 132 - Estatuto Orgánico de los Fondos Ganaderos. País/Territorio Colombia Tipo de documento Legislación Fecha 1994 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 41.361, 17 de mayo de 1994, pág. 1. Materia Ganado Palabra clave Desarrollo agrícola Institución Bovinos Fondo especial Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley dicta el Estatuto Orgánico de los Fondos Ganaderos y otras disposiciones sobre el Sector Agropecuario. Los Fondos Ganaderos son sociedades anónimas de economía mixta del orden nacional, regional, departamental y municipal, que tendrán como objeto social principal el fomento y mejoramiento del Sector Agropecuario. En cumplimiento de su objeto social, los Fondos Ganaderos podrán desarrollar directamente o asociados, actividades de producción, industrialización, comercialización y financiación de bienes y servicios agropecuarios; así mismo programas de investigación y transferencia de tecnología, y en general, aquellas actividades complementarias, necesarias y convenientes que se relacionen con el objeto social. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementado por Decreto Nº 1.915 - Reglamenta la Ley Nº 132 de 1994. Legislación | Colombia | 1994 Palabra clave: Desarrollo agrícola, Bovinos, Fondo especial, Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Fuente: FAO, FAOLEX Decreto Nº 1.708 - Reglamenta parcialmente la Ley Nº 132 de 1994. Legislación | Colombia | 1996 Palabra clave: Extensión agrícola, Desarrollo agrícola, Pequeños agricultores/campesinos, Producción animal, Fondo especial Fuente: FAO, FAOLEX Enmendado porr Ley Nº 363 - Reforma la Ley Nº 132 de 1994, Estatuto Orgánico de los Fondos Ganaderos. Legislación | Colombia | 1997 Palabra clave: Desarrollo agrícola, Institución, Fondo especial, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Fuente: FAO, FAOLEX