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Decreto Nº 1.915 - Reglamenta la Ley Nº 132 de 1994.

País/Territorio
Colombia
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1994
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 41.478, 5 de agosto de 1994, pág. 8.
Materia
Ganado
Palabra clave
Desarrollo agrícola Bovinos Fondo especial Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Decreto reglamenta la Ley Nº 132 de 1994. Los Fondos Ganaderos son sociedades anónimas que tienen como objeto principal el fomento y mejoramiento del Sector Agropecuario. El capital de dichas sociedades podrá ser exclusivamente del sector privado, o del sector público o de economía mixta. Para la conformación de la Junta Directiva de los Fondos, se determinará con una antelación hasta de cinco días hábiles a la fecha de la reunión de elección, el número de directivos que corresponda elegir a cada sector, mediante el sistema del cuociente electoral sobre el total de acciones suscritas.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 132 - Estatuto Orgánico de los Fondos Ganaderos.

Legislación | Colombia | 1994

Palabra clave: Desarrollo agrícola, Institución, Bovinos, Fondo especial

Fuente: FAO, FAOLEX