Decreto Nº 1.915 - Reglamenta la Ley Nº 132 de 1994. País/Territorio Colombia Tipo de documento Reglamento Fecha 1994 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Diario Oficial Nº 41.478, 5 de agosto de 1994, pág. 8. Materia Ganado Palabra clave Desarrollo agrícola Bovinos Fondo especial Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Decreto reglamenta la Ley Nº 132 de 1994. Los Fondos Ganaderos son sociedades anónimas que tienen como objeto principal el fomento y mejoramiento del Sector Agropecuario. El capital de dichas sociedades podrá ser exclusivamente del sector privado, o del sector público o de economía mixta. Para la conformación de la Junta Directiva de los Fondos, se determinará con una antelación hasta de cinco días hábiles a la fecha de la reunión de elección, el número de directivos que corresponda elegir a cada sector, mediante el sistema del cuociente electoral sobre el total de acciones suscritas. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 132 - Estatuto Orgánico de los Fondos Ganaderos. Legislación | Colombia | 1994 Palabra clave: Desarrollo agrícola, Institución, Bovinos, Fondo especial Fuente: FAO, FAOLEX