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Decreto Nº 48-2017-PCM ─ Crea la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN).

País/Territorio
Honduras
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2017
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 34.410, 7 de agosto de 2017.
Materia
Energía
Palabra clave
Conservación de energía/producción de energía Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Política/planificación
Área geográphica
Americas, América Central, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Decreto crea la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), adscrita al Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. La SEN es la Institución Rectora del sector energético nacional y de la integración energética regional e internacional, y está encargada de proponer al Consejo Nacional de Energía la Estrategia Energética Nacional y las políticas relacionadas con el desarrollo integral y sostenible del sector energético. Asimismo está a cargo de la formulación, planificación, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de las estrategias y políticas del sector energético, el cual, entre otras materias, comprende pero no se limita a los siguientes aspectos: 1) El aprovechamiento racional de los recursos naturales para la explotación y desarrollo sostenible de las fuentes renovables de energía; 2) Los sistemas de transformación, producción, transmisión, distribución y abastecimiento de energía eléctrica para la prestación de servicio público, y demás aspectos que promuevan la eficiencia económica, competitividad, modernización y desarrollo del subsector electricidad; 3) La exploración y explotación de los yacimientos de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos; 4) La regulación, control y supervisión de las actividades detransformación,almacenamiento,transporte, distribución, comercialización y abastecimiento de combustibles derivados de petróleo, biocombustibles o portadores energéticos; 5) La planificación energética de corto, mediano y largo plazo del país alineada a la política energética nacional en el marco de un Plan de Nación y Visión de País; 6) Las estrategias para incrementar y garantizar el acceso a las fuentes o servicios de energía a toda la población como un habilitador del desarrollo socioeconómico; 7) El procesamiento de los datos estadísticos y elaboración de indicadores energéticos del país; 8) Las políticas relacionadas con el uso racional y eficiente de los recursos energéticos; 9) Las concesiones, autorizaciones, permisos en materia energética conforme a normas técnicas, legales aplicables; 10) El cumplimiento de la normativa sobre aspectos sociales y ambientales relacionados con la protección de los recursos naturales y del ambiente en las actividades energéticas, indicados por la autoridad ambiental competente; 11) La promoción de estudios de investigación científica y desarrollo tecnológico en materia de energía en colaboración con instituciones educativas u otros organismos nacionales o extranjeros; 12) La promoción y establecimiento de convenios o tratados internacionales en materia de energía y la representación oficial en organismos, conferencias y eventos nacionales e internacionales sobre la materia energética; 13) La promoción y administración de la legislación sobre exploración, explotación, distribución, protección, manejo y procesamiento de los recursos naturales relacionados con el área de su competencia, así como velar por su cumplimiento; 14) La emisión, administración y seguimiento de un marco normativo para un sistema energético eficiente y moderno; 15) La colaboración en forma consultiva con todos los actores del sector energético nacional; 16) Participar en el Consejo Nacional de Energía y en otros organismos nacionales sobre la materia; 17) La regulación, control y supervisión de la actividad nuclear, manejo de fuentes radioactivas, energía nuclear, la seguridad de instalaciones y la protección radiológica.

Texto completo
Español
Página web
www.lagaceta.hn

Referencias - Legislación

Revoca

Decreto Nº 72-2015-PCM ─ Designa a la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (MiAmbiente) como la autoridad superior del Subsector Eléctrico.

Legislación | Honduras | 2015

Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos

Fuente: FAO, FAOLEX