× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Sinergias Tipo de documento Decision Número de referencia SC-2/15 Fecha May 1, 2006 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Desechos y sustancias peligrosas Palabra clave Acuerdo internacional-texto Tratado Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (Sep 21, 2001) Reunión Second Meeting of the Conference of the Parties to the Stockholm Convention Página web www.informea.org Texto completo UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Chinese.pdf UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Spanish.pdf UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Russian.pdf UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.English.PDF UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Arabic.doc UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Arabic.pdf UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.French.doc UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.French.pdf UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Russian.doc UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.English.DOC UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Spanish.doc UNEP-POPS-COP.2-SC-2-15.Chinese.doc Resumen 1. Hace un llamamiento en favor de una mayor y mejor cooperación y coordinación entre los convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo; 2. Pide al Presidente que, con el apoyo de la secretaría y en consulta y en colaboración con los presidentes y las secretarías de los convenios de Basilea y de Rotterdam, vele por que los informes contenidos en los documentos UNEP/POPS/COP.2/INF/12, UNEP/POPS/COP.2/INF/18 y UNEP/POPS/COP.2/INF/19 se complementen por medio de un informe adicional en que se examinen esferas específicas en las que la cooperación y la coordinación entre los tres convenios a nivel programático, y sin perjuicio de su autonomía redundarían en beneficio mutuo de los tres convenios; 3. Pide también que el informe complementario que se preparare conforme al párrafo 2 de la presente decisión se remita al grupo de trabajo conjunto especial a que se hace referencia en el párrafo 6 de la presente decisión y que en él se estudien, entre otras las esferas siguientes: actividades conjuntas de capacitación; actividades conjuntas sobre el terreno y en materia de fomento de la capacidad; la utilización de centros regionales, así como de otros centros de excelencia; planificación y ejecución conjuntas de actividades; intercambio de información; organización de reuniones conjuntas de órganos subsidiarios y grupos de trabajo y conferencias de las Partes consecutivas;