La Secretaría deberá seguir colaborando con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el grupo de trabajo del CFMC/OSPESCA/COPACO/CRFM/CITES sobre el caracol pala, la COPACO, la UNCTAD, la OECO y otras organizaciones internacionales pertinentes y, sujeto a la financiación externa:
a) proporcionar asistencia a los Estados del área de distribución de S. gigas a fin de mejorar la capacidad de sus Autoridades Administrativas y Científicas CITES, las autoridades de pesca y otras partes interesadas para aplicar el Plan Regional de Manejo y Conservación de la Pesquería de Caracol Pala y planes nacionales de manejo y formular dictámenes de extracción no perjudicial con una base científica sólida;
b) seguir brindando asistencia los Estados del área de distribución de S. gigas sobre cuestiones de cumplimiento pertinentes e informar sobre los nuevos avances al respecto al Comité Permanente, según proceda;
c) supervisar la elaboración de sistemas de trazabilidad para el caracol pala y comunicar las novedades pertinentes al Comité Permanente, según proceda; y
d) proporcionar información actualizada sobre las actividades pertinentes del grupo de trabajo CFMC/OSPESCA/COPACO/CRFM/CITES sobre el caracol pala al Comité de Fauna y al Comité Permanente, según proceda;