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Declaración de Helsinki sobre la protección de la capa de ozono (1989)

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
-
Fecha
May 5, 1989
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
First Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

[Fuente: apéndice I del informe de la Primera Reunión de las Partes]

Los representantes de los gobiernos y de las Comunidades Europeas en las primeras reuniones de las Partes en el Convenio de Viena y en el Protocolo de Montreal

Conscientes de que los científicos están ampliamente de acuerdo en que el agotamiento de la capa de ozono constituirá una amenaza para las generaciones presentes y futuras a menos que se adopten medidas de control más estrictas,

Teniendo en cuenta que algunas sustancias que agotan la capa de ozono son gases que producen un fuerte efecto de invernadero conducente al calentamiento mundial,

Conscientes asimismo de los amplios y rápidos avances tecnológicos con respecto a la producción de sustitutivos ambientalmente aceptables de las sustancias que agotan la capa de ozono y de la apremiante necesidad de facilitar la transferencia de tecnologías relativas a esos sustitutivos, especialmente a los países en desarrollo,

Exhortan a todos los Estados que no lo hayan hecho todavía a que se adhieran al Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y a su Protocolo de Montreal;

Convienen en eliminar por fases la producción y el consumo de los clorofluorocarbonos controlados por el Protocolo de Montreal lo antes posible, pero a más tardar para el año 2000, y con ese fin en ajustar el calendario convenido en el Protocolo de Montreal teniendo debidamente en cuenta la situación especial de los países en desarrollo;

Convienen asimismo en eliminar por fases los halones y en controlar y reducir otras sustancias que contribuyen considerablemente al agotamiento de la capa de ozono, tan pronto como sea posible;

Convienen también en comprometerse a proporcionar medios y recursos para acelerar la producción de sustancias químicas, productos y tecnologías sustitutivos ambientalmente aceptables;

Convienen además en facilitar el acceso de los países en desarrollo a la información científica, los resultados de las investigaciones y la capacitación pertinentes y en tratar de elaborar mecanismos de financiación apropiados para facilitar la transferencia de tecnología y la sustitución de equipo a un costo mínimo para los países en desarrollo.

Helsinki, 2 de mayo de 1989