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Decisión XXXVII/9: Solicitudes de modificación de los datos de referencia presentadas por Bosnia y Herzegovina, el Brasil, Guinea, las Islas Marshall, Kiribati, Marruecos, Nauru, Nigeria, Niue, Tuvalu y Vanuatu

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
XXXVII/9
Fecha
Nov 7, 2025
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Thirty-Seventh Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

La 37ª Reunión de las Partes,

Observando que, en la decisión XIII/15, la 13ª Reunión de las Partes en el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono decidió aconsejar que las Partes que solicitasen la modificación de los datos de referencia notificados respecto de los años de base presentasen sus solicitudes ante el Comité de Aplicación establecido con arreglo al Procedimiento relativo al Incumplimiento del Protocolo de Montreal, y que dicho Comité, en colaboración con la Secretaría del Ozono y el Comité Ejecutivo del Fondo Multilateral para la Aplicación del Protocolo de Montreal, confirmaría que las modificaciones estaban justificadas y las sometería al examen de la Reunión de las Partes,

Observando también que en la decisión XV/19 se establece la metodología que ha de utilizarse para cursar esas solicitudes,

Decide:

  1. Que Bosnia y Herzegovina ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidroclorofluorocarbonos correspondientes a 2009, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali al Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono;
  2. Aprobar la solicitud de Bosnia y Herzegovina y modificar sus datos sobre el consumo de hidroclorofluorocarbonos para el año de referencia 2009, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre los HCFC

Nuevos datos sobre los HCFC

Toneladas PAO

Toneladas de CO2 eq

Toneladas PAO

Toneladas de CO2 eq

2009

2009

2009

2009

Bosnia y Herzegovina

5,78

111 812,6

5,96

117 966,6

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HCFC = hidroclorofluorocarbono; PAO = potencial de agotamiento del ozono.

  1. Que Bosnia y Herzegovina ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidrofluorocarbonos correspondientes a 2022, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali al Protocolo;
  2. Aprobar la solicitud de Bosnia y Herzegovina y modificar sus datos sobre el consumo de hidrofluorocarbonos para el año de referencia 2022, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

Nuevos datos sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

2022

2022

Bosnia y Herzegovina

1 340 919

1 402 682

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HFC = hidrofluorocarbono.

  1. Que el Brasil ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidrofluorocarbonos correspondientes a 2022, que forman parte del nivel de base para las Partes inscritas en el grupo 1 del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali;
  2. Aprobar la solicitud del Brasil y modificar sus datos sobre el consumo de hidrofluorocarbonos en el año de referencia 2022, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

Nuevos datos sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

2022

2022

Brasil

89 756 651

79 416 087

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HFC = hidrofluorocarbono.

  1. Que Guinea ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidroclorofluorocarbonos correspondientes a 2009 y 2010, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali;
  2. Aprobar la solicitud de Guinea y modificar sus datos sobre el consumo de hidroclorofluorocarbonos en los años de referencia 2009 y 2010, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre los HCFC

Nuevos datos sobre los HCFC

Toneladas PAO

Toneladas de CO2 eq

Toneladas PAO

Toneladas de CO2 eq

2009

2010

2009

2010

2009

2010

2009

2010

Guinea

21,77

23,45

716 542,8

771 603

1,03

0,75

33 756,5

24 706,5

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HCFC = hidroclorofluorocarbono; PAO = potencial de agotamiento del ozono.

  1. Que Guinea ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidrofluorocarbonos correspondientes a 2020, 2021 y 2022, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali;
  2. Aprobar la solicitud de Guinea y modificar sus datos sobre el consumo de hidrofluorocarbonos en los años de referencia 2020, 2021 y 2022, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

Nuevos datos sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

2020

2021

2022

2020

2021

2022

Guinea

878 384

1 477 938

1 673 662

1 896 234

1 728 541

1 715 084

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HFC = hidrofluorocarbono.

  1. Que las Islas Marshall, Kiribati, Nauru, Niue, Tuvalu y Vanuatu han aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar sus solicitudes de modificación de sus datos sobre consumo de hidrofluorocarbonos correspondientes a 2020, 2021 o 2022, o a todos esos años, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali;
  2. Aprobar las solicitudes de las Islas Marshall, Kiribati, Nauru, Niue, Tuvalu y Vanuatu y modificar sus datos sobre el consumo de hidrofluorocarbonos en los años de referencia que se indican en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

Nuevos datos sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

2020

2021

2022

2020

2021

2022

Kiribati

7 063

10 471

3 569

7 063

10 471

4 570

Islas Marshall

7 067

4 380

6 943

10 922

13 677

9 095

Nauru

335

1 186

1 456

1 997

2 175

2 326

Niue

-

74

-

-

179

-

Tuvalu

296

343

178

647

695

800

Vanuatu

11 915

13 781

17 511

21 055

13 781

17 511

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HFC = hidrofluorocarbono.

  1. Que Marruecos ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidrofluorocarbonos correspondientes a 2020, 2021 y 2022, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali al Protocolo;
  2. Aprobar la solicitud de Marruecos y modificar sus datos sobre el consumo de hidrofluorocarbonos en los años de referencia 2020, 2021 y 2022, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

Nuevos datos sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

2020

2021

2022

2020

2021

2022

Marruecos

1 687 148

1 475 421

590 302

2 602 515

1 648 604

2 169 487

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HFC = hidrofluorocarbono.

  1. Que Nigeria ha aportado información suficiente, de conformidad con la decisión XV/19, para justificar su solicitud de modificación de sus datos sobre consumo de hidrofluorocarbonos correspondientes a 2020, 2021 y 2022, que forman parte del nivel de base para las Partes del grupo 1 que operan al amparo del artículo 5 en virtud de la Enmienda de Kigali al Protocolo;
  2. Aprobar la solicitud de Nigeria y modificar sus datos sobre el consumo de hidrofluorocarbonos en los años de referencia 2020, 2021 y 2022, según lo indicado en el cuadro siguiente:

Parte/año

Datos anteriores sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

Nuevos datos sobre HFC (toneladas de CO2 eq)

2020

2021

2022

2020

2021

2022

Nigeria

2 620 048

8 381 305

17 374 682

13 305 145

19 884 612

24 582 158

                Abreviaciones: CO2 eq = dióxido de carbono equivalente; HFC = hidrofluorocarbono.