1. Tomar nota de que Lituania se adhirió al Protocolo de Montreal el 18 de enero de 1995, y a las Enmiendas de Londres y de Copenhague el 3 de febrero de 1998. El país está clasificado como Parte que no opera al amparo del artículo 5 del Protocolo, y para 1996 comunicó un consumo positivo de 295 toneladas de PAO de sustancias del anexo A y el anexo B, ninguna para usos esenciales exceptuados por las Partes. Como consecuencia de ello, en 1996, Lituania se encontraba en situación de incumplimiento en relación con las medidas de control estipuladas en los artículos 2A a 2E del Protocolo de Montreal. Además, Lituania cree que esta situación prevalecerá hasta por lo menos el año 2000 por lo que se requiere un examen anual por el Comité de Aplicación y las Partes hasta que Lituania cumpla el Protocolo;
2. Tomar nota, con reconocimiento, de que Lituania ha dado ingentes pasos para cumplir el Protocolo de Montreal. Aunque Lituania ratificó el Protocolo hace sólo tres años, su consumo comunicado de sustancias del anexo A y el anexo B ha disminuido regularmente desde 1986, cuando se estimó en 6.089 toneladas, en 935 toneladas PAO en 1993, a 428 toneladas en 1995, y a 295 toneladas en 1996. Lituania admite muy claramente que una de las principales razones de la sustancial reducción del consumo es el desorden económico que se ha producido en el país. Tras examinar las comunicaciones y la exposición al Comité de Aplicación, se observa que Lituania se compromete:
- A prohibir la importación de CFC-113, tetracloruro de carbono y metilcloroformo a más tardar el 1º de enero de 2000; y
- A reducir el consumo de sustancias del anexo A y el anexo B en un 86% con respecto al nivel de 1996 a más tardar el 1º de enero de 2000;
3. Tomar nota de que el logro de estas metas requerirá una aplicación estricta del sistema de licencias de importación de Lituania para velar por que prosigan las reducciones graduales y la dependencia decreciente de sustancias destructoras del ozono, y de hecho el programa nacional de Lituania incluye el compromiso de concertar arreglos con el Departamento de Aduanas del país para garantizar que se interrumpan las importaciones. La interrupción de las importaciones es particularmente importante habida cuenta de la inminente clausura de instalaciones de producción de CFC en la Federación de Rusia, de cuyo suministro Lituania ha dependido tradicionalmente. Tomando nota del evidente compromiso de Lituania con el cumplimiento del Protocolo de Montreal, se confía en que el país pueda eliminar totalmente las sustancias del anexo A y el anexo B a más tardar el 1º de enero de 2001. Al afirmarlo, las Partes tomaron nota pero rechazaron específicamente una solicitud de Lituania de que se permita que las importaciones continúen hasta 2005 para el mantenimiento del equipo de refrigeración existente. Las Partes, al hacerlo, toman nota de que para que la eliminación tenga lugar el 1º de enero de 2001 tal vez sea necesario que Lituania potencie la recuperación de sustancias destructoras del ozono existentes o la importación de material reciclado, y se insta a Lituania a planificar cuidadosamente sus futuras necesidades de mantenimiento de refrigerantes, invitándose al GETE a ayudarla a esos efectos. Las Partes vigilarán estrechamente los progresos de Lituania para cumplir los compromisos arriba citados de reducir la utilización de CFC 113, tetracloruro de carbono y metilcloroformo antes de la siguiente Reunión de las Partes, y para prescribir para junio de 1999 la interrupción de las importaciones de esas sustancias a más tardar el 1º de enero de 2000 (salvo para usos esenciales autorizados por las Partes);
4. Vigilar estrechamente el progreso de Lituania en la eliminación de sustancias destructoras del ozono, en especial para el cumplimiento de los compromisos específicos arriba citados. En ese sentido, las Partes piden a Lituania que presente a la Secretaría del Ozono una copia completa de su programa nacional y sus siguientes actualizaciones de dicho programa, si las hubiera. En la medida en que Lituania procure cumplir y cumpla los compromisos con plazos específicos arriba citados y siga presentando anualmente datos que demuestren una disminución de las importaciones y el consumo, se deberá otorgar a Lituania el mismo trato que a las Partes que cumplen el Protocolo. En ese sentido, Lituania debe seguir recibiendo asistencia internacional para poder cumplir esos compromisos de conformidad con el tema A de la lista indicativa de medidas que las Partes pueden adoptar con respecto al incumplimiento. Sin embargo, por la presente decisión, las Partes advierten a Lituania que, de conformidad con el tema B de la lista indicativa de medidas, si el país no cumple los compromisos arriba citados en los plazos especificados, las Partes estudiarán la adopción de medidas conformes con el tema C de la lista indicativa de medidas. Esas medidas podrían incluir la posibilidad de adoptar las estipuladas en el artículo 4, con objeto de velar por que cese el suministro de CFC y halones al que se debe el incumplimiento, y por que las Partes exportadoras no contribuyan a la perpetuación de un caso de incumplimiento.