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Decisión VIII/2: Recomendaciones aprobadas por los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono en su séptima reunión

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
VIII/2
Fecha
Nov 20, 2008
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono (Mar 22, 1985)
Reunión
Eighth meeting of the Conference of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

Recordando que, de conformidad con el objetivo que se define en la decisión I/6 de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena, los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono examinan programas de investigación y vigilancia a los niveles nacional e internacional en curso con miras a asegurar la coordinación apropiada de esos programas y determinar deficiencias que precisan medidas remediales,

Reconociendo que en su séptima reunión los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono hicieron hincapié en el examen de las investigaciones y la vigilancia por vía satelital debido a preocupaciones entre los científicos respecto de que podrían existir graves deficiencias en la vigilancia satelital y los datos conexos cuando dentro de pocos años la generación actual de satélites e instrumentos conexos lleguen al final de sus vidas útiles,

Reconociendo también que los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono han señalado que la financiación y cooperación internacionales son fundamentales para la aplicación de sus recomendaciones, que sus recomendaciones anteriores no han recibido atención suficiente debido a la falta de esa financiación y cooperación, y que los problemas vinculados con el mantenimiento de los instrumentos y las redes existentes para la vigilancia del ozono y el desarrollo de nuevas capacidades se han visto exacerbados como resultado de ello,

Haciendo hincapié en la necesidad de seguir vigilando la eficacia de la aplicación del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, así como de sus ajustes y enmiendas, incluido el ajuste que dispone la eliminación gradual acelerada de los hidroclorofluorocarbonos, la repercusión del aumento de la abundancia en la atmósfera de muchos productos químicos sucedáneos, incluidos los hidrofluorocarbonos, y la recuperación prevista de la capa de ozono en el contexto del cambio climático,

1 Tomar nota con reconocimiento del informe de la séptima reunión de los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono[1];

2. Apoyar las recomendaciones aprobadas por los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono en su séptima reunión que figuran en el informe de esa reunión;

3. Instar a los organismos espaciales y los gobiernos a que aseguren la continuación de las investigaciones y la observaciones satelitales, particularmente a fin de permitir mediciones que contribuyan a las series cronológicas a largo plazo tanto para el ozono total como para el perfil de distribución del ozono, y los perfiles de las especies y los parámetros vinculados al ozono y el clima, así como llevar a cabo cualesquiera misiones para remediar deficiencias que sean necesarias para evitar las anomalías en esferas de las observaciones atmosféricas críticas para comprender y vigilar los cambios en el ozono atmosférico y la radiación ultravioleta superficial y su interrelación con la variabilidad y el cambio climáticos;

4. Pedir a todas las Partes que realicen un esfuerzo renovado con miras a aplicar las medidas recomendadas por los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono, en particular las aprobadas en su séptima reunión, con el fin de:

a) Abordar incertidumbres y nuevas interrogantes, con inclusión de la medida en que los procesos químicos y dinámicos son responsables de la producción, la pérdida, el transporte y la distribución del ozono, así como cambios en la radiación ultravioleta superficial resultantes de cambios en el ozono y otros parámetros atmosféricos y su repercusión en los sistemas humano y biológico;

b) Mantener y ampliar las redes de observación superficiales en los casos en que las deficiencias en la cobertura geográfica dan por resultado deficiencias en los datos, con miras a asegurar la continuidad y mejora de las observaciones in situ basadas en tierra de las sustancias que agotan el ozono, sus sucedáneos y los gases de efecto invernadero, así como las redes que proporcionan información de perfiles de altitud para las especies vinculadas al ozono y el clima;

c) Asegurar que los datos adquiridos mediante observación sean de la mayor calidad posible e incluyan los metadatos necesarios para que resulten útiles a los usuarios actuales y en el futuro y que, con ese fin, se realicen esfuerzos encaminados a mejorar la confección de archivos de datos, incluso mediante la elaboración de procedimientos apropiados para asegurar la calidad y la presentación de los datos y el acceso oportuno por los usuarios;

d) Fortalecer la capacidad de los países en desarrollo y los países con economías en transición para posibilitarles mantener los instrumentos y las redes existentes, adquirir nueva capacidad en materia de observación y aumentar su participación en las investigaciones y evaluaciones científicas;

[1] Organización Meteorológica Mundial/Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Informe de la séptima reunión de los Administradores de Investigaciones sobre el Ozono, Proyecto de investigación y vigilancia del ozono mundial, de la OMM, Informe no. 51.