× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Decisión III/5: Definición de países en desarrollo Tipo de documento Decision Número de referencia III/5 Fecha Jun 21, 1991 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera Tratado Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987) Reunión Third Meeting of the Parties Página web ozone.unep.org Resumen a) Examinar por separado y según lleguen las peticiones que hagan algunos Estados de clasificación como países en desarrollo; b) Aceptar la clasificación de Turquía como país en desarrollo a los fines del Protocolo de Montreal, teniendo en cuenta que Turquía está clasificada como país en desarrollo por el Banco Mundial, la OCDE y el PNUD; c) Pedir al Grupo de Trabajo de composición abierta de las Partes que estudie y defina plenamente los criterios que se aplicarán en el futuro en el caso de solicitudes de clasificación como país en desarrollo a los fines del Protocolo de Montreal, y que presente un informe, para su examen, a la Cuarta o Quinta Reunión de las Partes;