Decreto Ley 1939 – Normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado. Pays/Territoire Chili Type du document Législation Date 1977 (2023) Source FAO, FAOLEX Source d'origine Publicada en el Diario Oficial del 10 de noviembre de 1977. Sujet Terre et sols, Espèces sauvages et écosystèmes Mot clé Terres publiques Régime foncier Expropriation Cadastre/enregistrement des terres Transfert Restrictions à l'utilisation Aire protégée Aire géographique Amériques, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé La presente Ley establece normas sobre adquisición, administración y disposición de bienes del Estado. Las facultades de adquisición, administración y disposición sobre los bienes del Estado o fiscales que corresponden al Presidente de la República, las ejercerá por intermedio del Ministerio de Tierras y Colonización (Ministerio de Bienes Nacionales), sin perjuicio de las excepciones legales. Corresponderá al Ministerio formar y conservar el catastro de los bienes raíces de propiedad fiscal y de todas las entidades del Estado. Se establece que las tierras fiscales situadas hasta una distancia de 10 kilómetros, medidos desde la frontera, sólo podrán ser obtenidas en propiedad, arrendamiento o a cualquier otro título, por personas naturales o jurídicas chilenas, además de otras limitaciones. Los predios que hubieren sido declarados como áreas protegidas del Estado, conforme a la legislación respectiva, no podrán ser destinados a otro objeto ni perderán esa calidad sino en la forma establecida en la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas. Se establecen normas especiales sobre la expropiación. Texte intégral Espagnol Site web www.bcn.cl