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Resolución Nº 709 - Condiciones de los acuerdos de barrido y limpieza que suscriban los prestadores suscriban y metodología que permita calcular y asignar geográficamente el área de barrido y limpieza que corresponden a cada prestador en caso de controversia.

País/Territorio
Colombia
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2015
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial Nº 49.449, 10 de marzo de 2015.
Materia
Desechos y sustancias peligrosas
Palabra clave
Gestión de desechos Residuos domésticos Desechos orgánicos Solución de controversias
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución tiene por objeto regular las condiciones generales de los acuerdos de barrido y limpieza, que los prestadores suscriban en virtud de su autonomía de la voluntad y definir una metodología que permita calcular y asignar geográficamente los kilómetros de barrido y limpieza que corresponden a cada prestador en los casos en que se deben resolver controversias suscitadas entre los prestadores del servicio público de aseo que realicen la actividad de barrido y limpieza de vías y áreas públicas en un área de confluencia.

Texto completo
Español
Página web
www.imprenta.gov.co

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Nº 2.981 - Reglamenta la prestación del servicio público de aseo.

Legislación | Colombia | 2013

Palabra clave: Control de la contaminación, Gestión de desechos, Residuos domésticos, Desechos orgánicos, Transporte/depósito, Contaminación del suelo/calidad, Residuos sólidos, Prevención de residuos, Reciclado/reutilización, Efluente de aguas residuales/vertido, Alcantarillado, Eliminación de desechos, Residuos no domésticos, Responsabilidad/indemnización, Normas sobre calidad ambiental, Normas, Protección del medio ambiente

Fuente: FAO, FAOLEX