Resolución Nº 7 - Establece las zonas marítimas en las que actúan fundamentalmente las Tropas Guardafronteras del Ministerio del Interior. País/Territorio Cuba Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Gaceta Oficial Nº 11, de 7 de febrero de 2020. Materia Alimentación y nutrición, Pesca Palabra clave Pesca marítima Pesca continental Zona de pesca Cumplimiento/aplicación Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Manejo y conservación pesquera Monitoreo Inspección Soberanía alimentaria Productos pesqueros Área geográphica Americas, Caribe, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pequeños estados insulares en desarrollo Entry into force notes La presente Resolución entra en vigor a los 180 días naturales de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba. Resumen En la Ley número 129 “Ley de Pesca”, de 13 de julio 2019, se establecen las regulaciones para el adecuado ordenamiento, administración y control de la pesca, en función de la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos en las aguas marítimas, fluviales y lacustres con el fin de contribuir a la soberanía alimentaria de la nación. La presente Resolución establece las zonas marítimas en las que actúan fundamentalmente las Tropas Guardafronteras del Ministerio del Interior para que actúen fundamentalmente en: 1. Zona A: La Punta de María Aguilar (Latitud 21°43’58,51” y Longitud 80°01’14,73”) hasta Cabo Cruz (Latitud 19°49’59,85” y Longitud 77°43’18,41”); 2. Zona B: El Cabo Francés (Latitud 21°54’08,03” y Longitud 84°02’04,23”) hasta Playa Girón (Latitud 22°03’44,42” y Longitud 81°02’04,61”). El Ministerio del Interior informará mensualmente al Ministerio de la Industria Alimentaria de los infractores del régimen de pesca y la medida aplicada a cada uno, así como el nombre de las embarcaciones vinculadas a la violación cometida por estos. Texto completo Español Página web www.gacetaoficial.gob.cu Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 129/2019 - Ley de Pesca. Legislación | Cuba | 2019 Palabra clave: Ley marco, Pesca marítima, Pesca continental, Acuicultura, Marinocultura, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Zona de pesca, Manejo y conservación pesquera, Desarrollo sostenible, Uso sostenible, Productos pesqueros, Autorización de pesca, Pesca por extranjeros, Cánon de pesca, Institución, Enfermedades de los peces, Sanidad animal, Autorización/permiso, Soberanía alimentaria Fuente: FAO, FAOLEX