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Resolución Nº 226-2013-OS ─ Exceptúa a la Marina de Guerra del Perú de la obligación de inscripción como Consumidor Directo con Instalaciones Móviles de Combustibles Líquidos en el Registro de Hidrocarburos.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2013
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 6 de noviembre de 2013.
Materia
Medio ambiente gen.
Palabra clave
Registro Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución exceptúa a la Marina de Guerra del Perú de la obligación de inscripción como Consumidor Directo con Instalaciones Móviles de Combustibles Líquidos en el Registro de Hidrocarburos, y disponen su incorporación al Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP), respecto del producto, volumen e instalación.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Supremo Nº 045-2001-EM ─ Reglamento para la comercialización de combustibles líquidos y otros productos derivados de los hidrocarburos.

Legislación | Perú | 2001

Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Hidrocarburos, Comercio interior, Transporte/depósito, Normas sobre calidad ambiental, Comercio internacional, Registro, Normas, Protección del medio ambiente, EIA

Fuente: FAO, FAOLEX