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Resolución Nº 113-2019-MINAM ─ Lineamientos para la formulación de los Planes Ambientales Detallados para adecuación de Actividades de Hidrocarburos.

País/Territorio
Perú
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2019
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
El Peruano, 15 de abril de 2019.
Materia
Energía, Medio ambiente gen., Recursos minerales, Agua
Palabra clave
Planificación ambiental Conservación de energía/producción de energía Hidrocarburos Gas natural Normas sobre calidad ambiental Política/planificación Normas Protección del medio ambiente Emisiones Efluente de aguas residuales/vertido Auditoría ambiental Eliminación de desechos Minería Exploración Contaminación del suelo/calidad Control de la contaminación Contaminación de las aguas dulces
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

La presente Resolución aprueba los Lineamientos para la formulación de los Planes Ambientales Detallados (PAD) para adecuación de Actividades de Hidrocarburos, el cual comprende una estructura de contenidos mínimos. El PAD es un Instrumento de Gestión Ambiental Complementario que permite la implementación de medidas de manejo ambiental (preventivas, correctivas, de mitigación y/o compensatorias) para las etapas de operación, mantenimiento y abandono. Para el caso de los Titulares de las Actividades de Comercialización de Hidrocarburos que cuenten con componentes que se encuentren parcialmente construidos, el PAD les permitirá concluir dichas construcciones, solicitando medidas de manejo ambiental (preventivas, correctivas, de mitigación y/o compensatorias) para el desarrollo de las actividades de la etapa de construcción. Cabe precisar que, este supuesto sólo aplica cuando dichos Titulares hayan declarado en su comunicación de intención de acogimiento la regularización de dichos componentes. El PAD es aplicable a los Titulares que desarrollen Actividades de Comercialización de Hidrocarburos, sin contar con la previa aprobación de un Instrumento de Gestión Ambiental; así como a los Titulares de Actividades de Hidrocarburos que cuenten con Instrumento de Gestión Ambiental y hayan realizado ampliaciones y/o modificaciones a sus actividades, sin haber obtenido la previa aprobación del Instrumento de Gestión Ambiental aplicable a dicha modificación.

Texto completo
Español
Página web
www.elperuano.com.pe

Referencias - Legislación

Implementa

Decreto Supremo Nº 023-2018-EM ─ Modifica el Decreto Supremo Nº 039-2014-EM, Reglamento para la protección ambiental en las actividades de hidrocarburos.

Legislación | Perú | 2018

Palabra clave: Conservación de energía/producción de energía, Hidrocarburos, Gas natural, Transporte/depósito, Normas sobre calidad ambiental, Normas, Protección del medio ambiente, Emisiones, Efluente de aguas residuales/vertido, Negocios/industria/corporaciones, Auditoría ambiental, Eliminación de desechos, Minería, Exploración, Control de la contaminación, Contaminación del suelo/calidad, EIA, Contaminación de las aguas dulces

Fuente: FAO, FAOLEX