Resolución Nº 023-2020-SUNASS ─ Reglamento de Fiscalización de los Servicios de Saneamiento brindados por Organizaciones Comunales. País/Territorio Perú Tipo de documento Reglamento Fecha 2020 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original El Peruano, 9 de agosto de 2020. Materia Agua Palabra clave Abastecimiento de agua Alcantarillado Financiamiento Participación público privada (PPP) Gobierno local Asociación de usuarios de aguas Normas sobre calidad del agua Instalaciones Inspección Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen La presente Resolución aprueba el Reglamento de Fiscalización de los Servicios de Saneamiento brindados por Organizaciones Comunales, que tiene por objeto establecer las disposiciones sobre la función de fiscalización de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (SUNASS) aplicables a las Organizaciones Comunales. El ámbito de aplicación objetivo de la función de fiscalización comprende las siguientes materias: i) Acceso a los servicios de saneamiento; ii) Calidad en la prestación de los servicios de saneamiento; iii) Recaudación; iv) Cierre o Corte y reapertura de la conexión; v) Otras obligaciones derivadas del marco legal vigente sobre la prestación de los servicios de saneamiento en el ámbito rural. Texto completo Español Página web www.elperuano.com.pe Referencias - Legislación Implementa Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA ─ Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento. Legislación | Perú | 2017 Palabra clave: Abastecimiento de agua, Efluente de aguas residuales/vertido, Alcantarillado, Institución, Política/planificación, Cánon de aguas, Servidumbre, Entidad no gubernamental, Control de la contaminación, Eliminación de desechos, Normas sobre calidad ambiental, Gobierno local, Participación pública, Participación público privada (PPP), Uso sostenible, Contaminación de las aguas dulces, Normas, Protección del medio ambiente Fuente: FAO, FAOLEX