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Resolución de 6 de julio de 2015 - Prohíbe la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo para la modalidad de pesca deportiva y recreativa.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2015
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 162, 8 de julio de 2015.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Peces marinos Zona de pesca Aparejos de pesca/métodos de pesca Embarcación de pesca Derecho de acceso Inspección Pesca artesanal Pesca no-comercial Manejo y conservación pesquera
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

La presente Orden tiene por objeto prohibir la pesca, tenencia a bordo y desembarque de ejemplares de atún rojo (Thunnus thynnus) para la modalidad de pesca deportiva y recreativa en el Atlántico Oriental, a partir del 8 de julio de 2015, sin perjuicio del posterior levantamiento de la prohibición o su confirmación mediante resolución por la que se acuerde el cierre definitivo de la pesquería.

Texto completo
Español
Página web
www.boe.es

Referencias - Legislación

Implementa

Orden AAA/642/2013 - Regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico oriental y Mediterráneo.

Legislación | España | 2013

Palabra clave: Pesca marítima, Peces marinos, Zona de pesca, Temporadas, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Talla, Embarcación de pesca, Volumen admisible de captura, Derecho de acceso, Manejo y conservación pesquera, Inspección, Marcado/identificación

Fuente: FAO, FAOLEX