Resolución Conjunta 7-E/2017 – Incorpórase al Código Alimentario Argentino el artículo 657tris. País/Territorio Argentina Tipo de documento Legislación Fecha 2017 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial Nº 33.606, 18 de abril de 2017, pág. 19. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Cereales/granos/arroz Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Codex Alimentarius Productos agrícolas Área geográphica Americas, América Latina y el Caribe, América del Sur, Atlántico Sur Resumen La presente Resolución incorpora el artículo 657 tris al Capítulo IX “Farináceos – Cereales, Harinas y Derivados ” del Código Alimentario Argentino. Esta nueva disposición se aplica al trigo espelta. Texto completo Español Página web www.infoleg.gov.ar Referencias - Legislación Enmienda Ley Nº 18.284 - Código Alimentario Argentino. Legislación | Argentina | 1969 Palabra clave: Legislación básica, Codex Alimentarius, Normas, Negocios/industria/corporaciones, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Fuente: FAO, FAOLEX