Real Decreto Nº 740/2013 - Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 2013 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 237, 3 de octubre de 2013. Materia Agua Palabra clave Política/planificación Institución de cuenca Derechos de agua Cuenca/área de captación/cuenca colectora EIA Planificación ambiental Captación de agua Zona de conservación de aguas Abastecimiento de agua Asociación de usuarios de aguas Instalaciones Aguas continentales Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen El presente Real Decreto aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de Melilla. Las infraestructuras hidráulicas promovidas por la Administración General del Estado y previstas en el Plan, serán sometidas, previamente a su realización, a un análisis sobre su viabilidad técnica, económica y ambiental por la Administración General del Estado. En cualquier caso, su construcción se supeditará a la normativa vigente sobre evaluación de impacto ambiental, a las disponibilidades presupuestarias y a los correspondientes planes sectoriales, cuando su normativa específica así lo prevea. Texto completo Español Página web www.boe.es Referencias - Legislación Implementa Real Decreto Nº 907/2007 - Reglamento de la planificación hidrológica. Texto consolidado. Legislación | España | 2007 (2021) Palabra clave: Política/planificación, Efluente de aguas residuales/vertido, Normas sobre calidad del agua, Control de la contaminación, EIA, Conservación del ecosistema, Sustancias peligrosas, Residuos peligrosos, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Institución, Normas sobre calidad ambiental, Cuenca/área de captación/cuenca colectora, Contaminación de las aguas dulces, Aguas continentales, Normas, Protección del medio ambiente Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Real Decreto Nº 1/2016 - Revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Legislación | España | 2016 Palabra clave: Política/planificación, Institución de cuenca, Derechos de agua, Cuenca/área de captación/cuenca colectora, EIA, Planificación ambiental, Captación de agua, Zona de conservación de aguas, Abastecimiento de agua, Asociación de usuarios de aguas, Instalaciones, Aguas continentales Fuente: FAO, FAOLEX