Real Decreto Nº 381/1984 - Reglamentación técnico-sanitaria del comercio minorista de alimentación. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 1984 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 49, 27 de febrero de 1984, pág. 5284. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Comercio interior Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Venta Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen El presente Real Decreto entiende por comercio minorista de alimentación todo establecimiento donde se realiza la venta al comprador final de productos alimenticios destinados al consumo humano, incluyendo las bebidas y cualesquiera sustancias que se utilicen en la preparación o condimentación de los alimentos. Quedan excluidos del ámbito de esta Reglamentación los establecimientos de venta de cosméticos y de tabaco, así como de sustancias utilizadas sólo como medicamentos. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Real Decreto Nº 176/2013 - Deroga total o parcialmente determinadas reglamentaciones técnico-sanitarias y normas de calidad referidas a productos alimenticios. 1ª Parte. Legislación | España | 2013 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Higiene/procedimientos sanitarios, Productos agrícolas, Toxicidad/envenenamiento, Procesamiento/manipulación, Aditivos alimentarios, Comercio interior, Comercio internacional, Normas, Envasado/etiquetado, Transporte/depósito Fuente: FAO, FAOLEX