Real Decreto Nº 1.126/2003 - Reglas de utilización de las indicaciones geográficas en la designación de los vinos. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 2003 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 228, 23 de septiembre de 2003, págs. 34821-34823. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos Viticultura/prácticas enológicas Entidad no gubernamental Bebidas Certificación Comercio interior Comercio internacional Envasado/etiquetado Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Resumen El presente Real Decreto regula el empleo de la mención tradicional "vino de la tierra" asociado a un nombre geográfico en la designación de los vinos de mesa, de los vinos de aguja, de los vinos de licor y de los vinos de uva sobremadurada. Texto completo Español Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 24/2003 - Ley de la viña y del vino. Legislación | España | 2003 Palabra clave: Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Viticultura/prácticas enológicas, Entidad no gubernamental, Bebidas, Certificación, Comercio interior, Comercio internacional, Fraude, Envasado/etiquetado, Producción vegetal Fuente: FAO, FAOLEX