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Orden de 6 de noviembre de 1995 - Regula la actividad de la flota española dirigida al pez espada.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
1995
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 272, 14 de noviembre de 1995, págs. 32830-32832.
Materia
Pesca
Palabra clave
Pesca marítima Embarcación de pesca Volumen admisible de captura Autorización de pesca Peces marinos Manejo y conservación pesquera Autorización/permiso
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

La presente disposición tiene por objeto regular la pesquería del pez espada efectuada por los buques españoles incluidos en el Censo de Flota Pesquera Operativa en cualquier área marítima en que se encuentren (art. 1º). Los buques que deseen dirigir su actividad a esta pesquería deberán solicitar la pertinente autorización a la Dirección General de Recursos Pesqueros (art. 2º). La Orden define el plan de actividad pesquera (art. 3º) y las obligaciones del armador o entidad asociativa (art. 4º). La disposición adicional segunda establece que lo previsto en la presente Orden no será de aplicación al mar Mediterráneo.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Revocado por

Orden APA/2521/2006 - Regula la pesca con el arte de palangre de superficie para la captura de especies altamente migratorias.

Legislación | España | 2006

Palabra clave: Pesca marítima, Embarcación de pesca, Aparejos de pesca/métodos de pesca, Registro, Zona de pesca, Especies migratorias, Recopilación de datos/informes, Peces cartilaginosos, Autorización de pesca, Manejo y conservación pesquera, Autorización/permiso

Fuente: FAO, FAOLEX