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Orden de 30 de marzo de 2001 - Implementa el Real Decreto Nº 221/2001, que modifica el Real Decreto Nº 1.911/2000, que regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles.

País/Territorio
España
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2001
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Boletín Oficial del Estado Nº 78, 31 de marzo de 2001, pág. 12217.
Materia
Ganado
Palabra clave
Protección de los animales Bovinos Subproductos animales Matanza Plagas/enfermedades Residuos Higiene/procedimientos sanitarios Transporte/depósito Sanidad animal
Área geográphica
Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional
Resumen

La presente Orden dispone que para evitar la posible contaminación de los tejidos adyacentes y de la propia columna vertebral de bovinos de más de doce meses de edad, ésta se extraerá con la médula espinal en su interior, sin apertura del canal vertebral, bajo la supervisión de la autoridad sanitaria competente, en los mataderos. Los materiales especificados de riesgo sólo podrán ser retirados por las industrias de transformación o incineradores autorizados, bien por sus propios medios o por los transportistas o empresas que designen para este fin.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Implementa

Real Decreto Nº 221/2001 - Modifica el Real Decreto Nº 1.911/2000, que regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles.

Legislación | España | 2001

Palabra clave: Sanidad animal, Bovinos, Matanza, Subproductos animales, Higiene/procedimientos sanitarios, Plagas/enfermedades, Residuos

Fuente: FAO, FAOLEX