Orden de 24 de marzo de 1986 - Norma de calidad para las espinacas destinadas al mercado interior. País/Territorio España Tipo de documento Reglamento Fecha 1986 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Boletín Oficial del Estado Nº 78, 1º de abril de 1986, pág. 11477. Materia Alimentación y nutrición Palabra clave Normas Comercio interior Verduras/legumbres Área geográphica Europa, Europa y Central Asia, Países de la Unión Europea, Mediterráneo, Atlántico Norte, Atlántico Nordeste, Europa Meridional Entry into force notes Entrada en vigor el 2 de Abril de 1986. Resumen La norma aprobada tiene por objeto definir las calidades que deben presentar las espinacas en el momento de su expedición, después de su acondicionamiento y envasado, presentadas en hojas sueltas o en plantas. Se refiere a las espinacas, procedentes de las variedades (cultivares) de "Spinacia oleracea L.", destinadas a ser entregadas al consumidor en estado fresco, con exclusión de las espinacas destinadas a la transformación industrial. Texto completo Español Referencias - Legislación Revocado por Real Decreto Nº 774/2014 - Desarrolla la aplicación del artículo 167 del Reglamento (UE) Nº 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y fija los requisitos y el contenido de una norma de comercialización en el sector del vino. Legislación | España | 2014 Palabra clave: Productos agrícolas, Comercio interior, Verduras/legumbres, Cereales/granos/arroz, Frutas/nueces comestibles, Aceites/semillas oleaginosas/grasas, Bebidas, Producción animal, Bovinos, Ovinos/caprinos, Porcinos, Apicultura/sericultura, Producción vegetal, Materiales de propagación/semillas, Viticultura/prácticas enológicas, Cultivos/praderas Fuente: FAO, FAOLEX