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Modifica la Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Legislación
Fecha
1996
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación Nº 10, 13 de diciembre de 1996, pág. 5.
Materia
Medio ambiente gen., Agua, Especies silvestres y ecosistemas
Palabra clave
Planificación ambiental Conservación del ecosistema Conservación de suelos/mejoramiento de suelos Institución Manejo de tierras Subvención/incentivo EIA Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Control de la contaminación Eliminación de desechos Sustancias peligrosas Recopilación de datos/informes Erosión Acceso-a-la-información Auditoría ambiental Normas sobre calidad ambiental Calidad del aire/contaminación del aire Contaminación acústica Zona protegida Registro Protección del hábitat Pueblos indígenas ICP-procedimiento de información y consentimiento previos Política/planificación Normas Protección del medio ambiente Contaminación de las aguas dulces Efluente de aguas residuales/vertido Zona de conservación de aguas Biodiversidad Ordenación/conservación Inspección
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio ecológico, así como a la protección al ambiente en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Sus disposiciones son de orden público e interés social y tienen por objeto propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para: 1) garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar; 2) definir los principios de la política ambiental y los instrumentos para su aplicación; 3) la preservación, la restauración y el mejoramiento del ambiente; 4) la preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento y administración de las áreas naturales protegidas; 5) el aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y los demás recursos naturales, de manera que sean compatibles la obtención de beneficios económicos y las actividades de la sociedad con la preservación de los ecosistemas; 6) la prevención y el control de la contaminación del aire, agua y suelo.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmienda

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

Legislación | México | 1987 (2018)

Palabra clave: Roza, Pueblos indígenas, Ley marco, Protección del medio ambiente, Institución, Planificación ambiental, Conservación del ecosistema, Inspección, EIA, Infracciones/sanciones, Recopilación de datos/informes, Acceso-a-la-información, Auditoría ambiental, Normas sobre calidad ambiental, Calidad del aire/contaminación del aire, Contaminación acústica, Zona protegida, Protección del hábitat, Derecho a un medio ambiente limpio/sano, Desarrollo sostenible, Control de la contaminación, Derechos humanos, Política/planificación, Normas, Agroforestal, Ordenación forestal/conservación de montes, Conservación de suelos/mejoramiento de suelos, Contaminación del suelo/calidad, Saneamiento de suelos, Protección de los animales, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Uso sostenible, Agua de lluvia, Biodiversidad

Fuente: FAO, FAOLEX