Ley 240 – Regula la actividad de agroturismo en Panamá País/Territorio Panamá Tipo de documento Legislación Fecha 2021 Fuente FAO, FAOLEX Materia Agricultura y desarrollo rural, Especies silvestres y ecosistemas Palabra clave Desarrollo sostenible Conocimientos tradicionales/ conocimiento indígena Empleo rural Negocios/industria/corporaciones Pequeños agricultores/campesinos Producción ecológica/producción orgánica Fortalecimiento de la capacidad Educación Género Juventud Legislación básica Turismo Protección del medio ambiente Conservación del ecosistema Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste, Pacífico Sudeste Resumen La presente Ley tiene por objeto impulsar el agroturismo, dentro del turismo rural, como una alternativa para el desarrollo sostenible del sector productivo agropecuario, de manera que tanto turistas como visitantes puedan tener una experiencia auténtica de interiorización de los procesos productivos, de contacto con las costumbres y tradiciones, y de exploración de la naturaleza autóctona, de manera sana, segura y con calidad diferenciada, con un alto grado de satisfacción, lo cual redundará en la generación de empleos e ingresos complementarios a la actividad primaria, principalmente en el entorno rural. Se establecen objetivos específicos: 1) Dar a conocer el agroturismo a nivel nacional y su importancia para el desarrollo sostenible; 2) capacitar y mantener actualizados a los emprendedores agroturísticos con los nuevos protocolos sanitarios del Ministerio de Desarrollo Agropecuario; 3) Fomentar el valor, rescate y desarrollo de los productos típicos y su comercialización; 4) facilitar la permanencia del hombre de campo en su territorio; 5) promover la asociatividad como mecanismo de acción para el logro de objetivos comunes; 6) adoptar las medidas necesarias para profundizar la educación ambiental y la sensibilización en los aspectos ecológicos; 7) incentivar, gestionar y asesorar al emprendedor agroturístico en métodos de tecnologías más limpias y procesos productivos amigables con el ambiente; 8) establecer coordinaciones de trabajo interinstitucional a fin de crear las condiciones necesarias para que el turista pueda compartir, experimentar y valorizar la cultura e identidad de las tradiciones del hombre del campo; 9) brindar asesoría y capacitación técnica al emprendedor agroturístico y colaboradores para el buen manejo y desarrollo de las fincas agroturísticas, especialmente en temas como la agricultura orgánica; 10) apoyar a los emprendedores agroturísticos a fin de que puedan obtener la certificación orgánica de sus fincas, otorgada por la Dirección Nacional de Sanidad Vegetal del Ministerio de Desarrollo Agropecuario; 11) promover el agroturismo para que sea una marca de turismo exitosa y bien evaluada por los visitantes, consolidándola, a fin que sea el mismo turista quien ayude a promoverla; 12) exaltar el rol de la mujer rural y los jóvenes dentro del negocio agroturístico; y 13) fomentar la protección y conservación de los recursos naturales. Texto completo Español Página web mida.gob.pa