Decreto por el que se reforma el segundo párrafo del artículo 64 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. País/Territorio México Tipo de documento Legislación Fecha 2015 Fuente FAO, FAOLEX Materia Pesca Palabra clave Investigación Manejo y conservación pesquera Gobernanza Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste Resumen Este Decreto reforma el segundo párrafo del artículo 64 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, que contempla la coordinación de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación con el INAPESCA para que éste emita las opiniones de carácter técnico y científicas para permitir la pesca de fomento, en el caso de científicos, técnicos e instituciones de investigación extranjeros. Texto completo Español Página web dof.mx Referencias - Legislación Enmienda Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables. Legislación | México | 2007 (2018) Palabra clave: Ley marco, Manejo y conservación pesquera, Pesca marítima, Pesca continental, Acuicultura, Concesión, Pesca por extranjeros, Pueblos indígenas, Institución, Fondo especial, Registro, Acceso-a-la-información, Infracciones/sanciones, Autorización de pesca, Higiene/procedimientos sanitarios, Enfermedades de los peces, Productos pesqueros, Comercio internacional, Medicamentos, Cambio climático, Sanidad animal, Autorización/permiso, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Certificación, Procesamiento/manipulación, Soberanía alimentaria, Desarrollo sostenible Fuente: FAO, FAOLEX