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Decreto por el que se adiciona un artículo 115 Bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

País/Territorio
México
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2010
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Diario Oficial de la Federación, 28 de enero de 2011.
Materia
Agricultura y desarrollo rural
Palabra clave
Desarrollo agrícola Acceso-a-la-información
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Atlántico Norte, Pacífico Norte, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Decreto adiciona un artículo 115 bis a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable. En virtud de esta nueva disposición, el Gobierno Federal, en coordinación con los gobiernos de las entidades federativas y con la participación de las organizaciones de productores y los comités sistema-producto, conformará un padrón de comercializadores confiables dedicados a la compra y venta de productos agrícolas, pecuarios, acuícolas, pesqueros y sus derivados.

Texto completo
Español

Referencias - Legislación

Enmienda

Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

Legislación | México | 2001 (2019)

Palabra clave: Legislación básica, Desarrollo sostenible, Desarrollo agrícola, Política/planificación, Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Investigación, Productos agrícolas, Fortalecimiento de la capacidad, Medidas financieras agrícolas, Entidad no gubernamental, Conservación de suelos/mejoramiento de suelos, Contaminación del suelo/calidad, Comercio interior, Peligros, Extensión agrícola, Acceso-a-la-información, Equipos, Áreas deprimidas, Género, Pueblos indígenas, Pobreza, Pequeños agricultores/campesinos, Medidas fiscales y de mercado, Empleo rural, Subvención/incentivo, Negocios/industria/corporaciones, Seguridad alimentaria, Soberanía alimentaria, Inspección, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Terrenos agrícolas, Tenencia de tierras, Pastoreo, Sanidad animal, Plagas/enfermedades, Pastorear, Protección vegetal, Irrigación

Fuente: FAO, FAOLEX