Decreto Nº 973/64 - Reforma la Ley Especial sobre explotación de la pesca. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Legislación Fecha 1964 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 197, 28 de agosto de 1964. Materia Pesca Palabra clave Pesca marítima Tasa/impuesto Comercio interior Comercio internacional Autorización de pesca Manejo y conservación pesquera Autorización/permiso Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen En el artículo 28 reformado del presente Decreto se establece que los tenedores de licencias de explotación paguen al fisco en concepto de participación del Estado en la riqueza explotada por cada libra de producto exportado de acuerdo al cuadro que se presenta. En cambio, el artículo 29 reformado establece que cuando los productos de pesca sean destinados al consumo interno, quedarán exentos de tal obligación. Texto completo Español Referencias - Legislación Enmienda Decreto Nº 557/61 - Ley Especial sobre explotación de la pesca. Legislación | Nicaragua | 1961 Palabra clave: Legislación básica, Pesca marítima, Institución, Concesión, Acuicultura, Cumplimiento/aplicación, Tasa/impuesto, Autorización de pesca, Manejo y conservación pesquera, Autorización/permiso Fuente: FAO, FAOLEX