Decreto Nº 75/99 - Régimen tributario a la explotación de maderas preciosas. País/Territorio Nicaragua Tipo de documento Reglamento Fecha 1999 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 148, 4 de agosto de 1999, págs. 3456 y 3457. Materia Bosques Palabra clave Corte y extracción/explotación forestal Derechos/cánones Ordenación forestal/conservación de montes Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto, que consta de 11 artículos, establece una tasa de retención en la fuente a cuenta del impuesto sobre la renta del 7,5 por ciento sobre cada metro cubico de madera en rollo de las especies Caoba (Swietenia macrophylla) y Cedro real (Cedrela odorata). La base sobre la cual se aplicara la retención será el precio promedio FOB internacional. Texto completo Español Referencias - Legislación Revoca Decreto Nº 30/97 - Regula la explotación de las especies Swietenia macrophylla (caoba) y Cedrela odorata (cedro). Legislación | Nicaragua | 1997 Palabra clave: Corte y extracción/explotación forestal, Madera, Procesamiento/manipulación, Medidas de protección forestal, Ordenación forestal/conservación de montes Fuente: FAO, FAOLEX Decreto Nº 35/98 - Prohíbe el corte de madera de caoba, cedro y pochote. Legislación | Nicaragua | 1998 Palabra clave: Flora silvestre, Especies en peligro, Conservación del ecosistema, Corte y extracción/explotación forestal, Protecíon de las especies Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Ley Nº 402 - Ley de tasas por aprovechamiento y servicios forestales. Legislación | Nicaragua | 2001 Palabra clave: Ordenación forestal/conservación de montes, Corte y extracción/explotación forestal, Derechos/cánones, Pueblos indígenas Fuente: FAO, FAOLEX