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Decreto Nº 40952-MINAE ─ Reglamenta parcialmente la Ley Orgánica del Ambiente para la elaboración del Informe del Estado del Ambiente.

País/Territorio
Costa Rica
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2018
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
La Gaceta Nº 63, 12 de abril de 2018.
Materia
Medio ambiente gen.
Palabra clave
Institución Recopilación de datos/informes Auditoría ambiental Investigación Monitoreo
Área geográphica
Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste
Resumen

El presente Reglamento tiene por objeto establecer el procedimiento a seguir con el fin de actualizar y elaborar el Informe del Estado del Ambiente costarricense, así dispuesto en la Ley Orgánica del Ambiente sobre las funciones del Consejo Nacional Ambiental. En su calidad de Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional Ambiental y Rector del Sector Ambiental, le corresponde al Ministro de Ambiente y Energía coordinar y dirigir la elaboración del Informe del Estado del Ambiente, el cual se presentará cada 4 años.

Texto completo
Español
Página web
www.gaceta.go.cr

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Nº 7554 - Ley Orgánica del Medio Ambiente.

Legislación | Costa Rica | 1995

Palabra clave: Agroecología, Ley marco, Protección del medio ambiente, Investigación, Zona protegida, Conservación del ecosistema, EIA, Planificación ambiental, Humedales, Área marina, Erosión, Conservación de suelos/mejoramiento de suelos, Control de la contaminación, Institución, Infracciones/sanciones, Educación, Acceso-a-la-información, Protección del hábitat, Manejo de tierras, Ordenación de áreas costeras, Calidad del aire/contaminación del aire, Contaminación del suelo/calidad, Conservación de energía/producción de energía, Eco-productos/ecoprocesos, Subvención/incentivo, Inspección, Auditoría ambiental, Áreas marinas protegidas, Política/planificación, Derecho al agua, Contaminación de las aguas dulces, Efluente de aguas residuales/vertido, Uso sostenible, Derechos humanos

Fuente: FAO, FAOLEX