Decreto Nº 35206-MP-MINAET ─ Reglamento de la Ley Nº 8641, Ley declaratoria del servicio de hidrantes como servicio público. País/Territorio Costa Rica Tipo de documento Reglamento Fecha 2009 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original La Gaceta Nº 95, 19 de mayo de 2009. Materia Agua Palabra clave Institución Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Recopilación de datos/informes Certificación Abastecimiento de agua Instalaciones Entidad no gubernamental Concesión Agua potable Área geográphica Americas, América Central, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, Pacífico Nordeste Resumen El presente Decreto aprueba el Reglamento de la Ley declara servicio público la instalación, el desarrollo, la operación y el mantenimiento de la red de hidrantes. El Reglamento tiene por objeto el desarrollo, operación y mantenimiento de la red de hidrantes, así como la definición del tipo de hidrante y su instalación en todo el territorio nacional. Texto completo Español Página web www.gaceta.go.cr Referencias - Legislación Implementa Ley Nº 8641 - Ley declaratoria del servicio de hidrantes como servicio público. Legislación | Costa Rica | 2008 Palabra clave: Abastecimiento de agua, Instalaciones, Entidad no gubernamental, Concesión, Agua potable Fuente: FAO, FAOLEX Revocado por Decreto Nº 42563-MP-MINAE ─ Reglamento a la Ley Nº 8641 declaratoria del servicio de hidrantes como servicio público y Reforma de Leyes Conexas. Legislación | Costa Rica | 2020 Palabra clave: Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Recopilación de datos/informes, Certificación, Abastecimiento de agua, Instalaciones, Entidad no gubernamental, Concesión, Agua potable Fuente: FAO, FAOLEX