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Acuerdo Nº 67 - La Autoridad Agraria Nacional delega y desconcentra atribuciones otorgadas en la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales para sustanciar y resolver las solicitudes de saneamiento, peticiones, reclamos y recursos en materia de tierras rurales.

País/Territorio
Ecuador
Tipo de documento
Reglamento
Fecha
2016
Fuente
FAO, FAOLEX
Fuente original
Registro Oficial Nº 753, 12 de mayo de 2016.
Materia
Tierra y suelos
Palabra clave
Institución Solución de controversias Concentración parcelaria Reforma agraria Tenencia de tierras Derechos de propiedad Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios Pequeños agricultores/campesinos Propiedad común Terrenos agrícolas Catastro/registración de tierras
Área geográphica
Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste
Resumen

El presente Reglamento General para la aplicación de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, tiene por objeto regular la aplicación de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, de conformidad con los principios, finalidades, lineamientos de la política agraria de tierras y los derechos vinculados a la propiedad de la tierra rural y territorios ancestrales. La Autoridad Agraria Nacional en sus respectivas jurisdicciones racional, zonal y provincial, es el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP) en sus niveles administrativos nacional y desconcentrados. Corresponde a la Autoridad Agraria Nacional organizar y administrar el Registro de tierras rurales.

Texto completo
Español
Página web
www.registroficial.gob.ec

Referencias - Legislación

Implementa

Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales.

Legislación | Ecuador | 2016

Palabra clave: Desarrollo agrícola, Institución, Terrenos agrícolas, Pequeños agricultores/campesinos, Pueblos indígenas, Desarrollo sostenible, Agricultura familiar, Fondo especial, Medidas financieras agrícolas, Recopilación de datos/informes, Acceso-a-la-información, Reforma agraria, Explotación agrícola, Derecho a la alimentación, Soberanía alimentaria, Derechos humanos, Agroforestal, Roza, Corte y extracción/explotación forestal, Ordenación forestal/conservación de montes, Legislación básica, Concentración parcelaria, Tenencia de tierras, Valoración de tierras, Comisión de tierras, Derechos de propiedad, Solución de controversias, Género, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Propiedad común, Conservación de suelos/mejoramiento de suelos, Manejo de tierras, Catastro/registración de tierras, Abastecimiento de agua, Irrigación, Derechos de agua, Asociación de usuarios de aguas, Acuicultura

Fuente: FAO, FAOLEX

Implementado por

Acuerdo Nº 21 - Delega adicionalmente a la Dirección de Titulación de Tierras de la Subsecretaría de Tierras y Reforma Agraria en materia de solicitudes de fraccionamiento de tierras rurales estatales adjudicadas por los extintos Instituto Ecuatoriano de Reforma Agraria y Colonización e Instituto Nacional de Desarrollo Agrario.

Legislación | Ecuador | 2017

Palabra clave: Institución, Solución de controversias, Concentración parcelaria, Reforma agraria, Tenencia de tierras, Derechos de propiedad, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Pequeños agricultores/campesinos, Propiedad común, Terrenos agrícolas, Catastro/registración de tierras

Fuente: FAO, FAOLEX

Enmendado porr

Acuerdo Nº 116 - Delega a las Direcciones Distritales de Tierras atribuciones para sustanciar y resolver las solicitudes de saneamiento, peticiones, reclamos y recursos en materia de tierras rurales.

Legislación | Ecuador | 2018

Palabra clave: Institución, Solución de controversias, Concentración parcelaria, Reforma agraria, Tenencia de tierras, Derechos de propiedad, Derechos tradicionales/derechos consuetudinarios, Pequeños agricultores/campesinos, Propiedad común, Terrenos agrícolas, Catastro/registración de tierras

Fuente: FAO, FAOLEX