Acuerdo Nº 239 - Disposiciones legales para ejercer la actividad acuícola en fase de cultivo en tierras de propiedad privada. País/Territorio Ecuador Tipo de documento Reglamento Fecha 2016 Fuente FAO, FAOLEX Fuente original Registro Oficial Nº 866, 20 de octubre de 2016. Materia Pesca Palabra clave Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos Autorización/permiso Acuicultura Higiene/procedimientos sanitarios Inspección Entidad no gubernamental Área geográphica Amazona, Americas, Estados Andinos, Pacífico Oriental, América Latina y el Caribe, América del Sur, Pacífico Sudeste Resumen El presente Acuerdo expide la Norma técnica de aplicación de los artículos 73.2 y 73.19 del Reglamento General a la Ley de Pesca, que será de aplicación obligatoria para las personas naturales o jurídicas que ejerzan la actividad acuícola en fase de cultivo, en tierras de propiedad privada, con el objetivo de que cumplan con las disposiciones legales nacionales para ejercer esta actividad y que estará sometida a los controles que el Estado determine. Texto completo Español Página web www.registroficial.gob.ec Referencias - Legislación Implementa Decreto Nº 852 - Modifica el Reglamento general a la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero. Legislación | Ecuador | 2015 Palabra clave: Pesca marítima, Marinocultura, Acuicultura, Autorización/permiso, Inspección, Embarcación de pesca, Entidad no gubernamental, Institución, Procedimientos judiciales/procedimientos administrativos, Infracciones/sanciones, Manejo y conservación pesquera, Pesca artesanal, Desembarco, Fondo especial, Control de calidad de los alimentos/inocuidad de los alimentos, Productos pesqueros, Procesamiento/manipulación Fuente: FAO, FAOLEX