× Information on this section of ECOLEX comes from the InforMEA Portal which compiled information from MEA Secretariats with the support of the European Union. The accuracy of the information displayed is the responsibility of the originating data source. In case of discrepancy the information as displayed on the respective MEA website prevails. Cría en granjas de especies acuáticas Tipo de documento Decision Número de referencia 20.153 Fecha Dic 5, 2025 FuenteUNEP, InforMEA Estado Activo Materia Especies silvestres y ecosistemas Tratado Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973) Reunión Twentieth meeting of the Conference of the Parties Página web cites.org Resumen El Comité de Fauna, teniendo en cuenta la información presentada en el documento CoP20 Doc. 67.2: a) examinará si la definición actual de “cría en granjas” (código de origen R) en la Resolución Conf. 11.16 (Rev. CoP15) sobre Cría en granjas y comercio de especímenes criados en granjas de especies transferidas del Apéndice I al Apéndice II y en la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP20) sobre Permisos y certificados debe ser revisada en lo que se refiere a su aplicación a las especies acuáticas; b) considerará si sería apropiado elaborar orientaciones adicionales, o enmiendas de las resoluciones pertinentes como la Resolución Conf. 11.16 (Rev. CoP15) y la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP20), o una nueva resolución que proporcione orientaciones sobre la cría en granjas de especies acuáticas; y c) una vez examinados los resultados de la labor realizada en aplicación de los párrafos a) y b), propondrá una nueva definición de cría en granjas para enmendar las resoluciones pertinentes y/u orientaciones adicionales o una nueva resolución sobre la cría en granjas de especies acuáticas, según proceda, para su consideración por el Comité Permanente.