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Cría en granjas de especies acuáticas

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
20.153
Fecha
Dic 5, 2025
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Tratado
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973)
Reunión
Twentieth meeting of the Conference of the Parties
Página web
cites.org
Resumen
El Comité de Fauna, teniendo en cuenta la información presentada en el documento CoP20 Doc. 67.2: a) examinará si la definición actual de “cría en granjas” (código de origen R) en la Resolución Conf. 11.16 (Rev. CoP15) sobre Cría en granjas y comercio de especímenes criados en granjas de especies transferidas del Apéndice I al Apéndice II y en la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP20) sobre Permisos y certificados debe ser revisada en lo que se refiere a su aplicación a las especies acuáticas; b) considerará si sería apropiado elaborar orientaciones adicionales, o enmiendas de las resoluciones pertinentes como la Resolución Conf. 11.16 (Rev. CoP15) y la Resolución Conf. 12.3 (Rev. CoP20), o una nueva resolución que proporcione orientaciones sobre la cría en granjas de especies acuáticas; y c) una vez examinados los resultados de la labor realizada en aplicación de los párrafos a) y b), propondrá una nueva definición de cría en granjas para enmendar las resoluciones pertinentes y/u orientaciones adicionales o una nueva resolución sobre la cría en granjas de especies acuáticas, según proceda, para su consideración por el Comité Permanente.