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Caracol pala (Strombus gigas)

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
19.233
Fecha
Nov 25, 2022
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Tratado
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973)
Reunión
Nineteenth meeting of the Conference of the Parties
Página web
cites.org
Resumen

Se alienta a los Estados del área de distribución de Strombus gigas a:

a) colaborar para que se aplique el Plan Regional de Manejo y Conservación de la Pesquería de Caracol Pala y desarrollar planes nacionales para el manejo y la conservación de las pesquerías del caracol pala, según proceda;

b) seguir acopiando datos sobre el peso de S. gigas según el grado de procesamiento para actualizar y mejorar los factores de conversión regionales y establecer o actualizar los factores nacionales de conversión, teniendo en cuenta la variabilidad espacial y las características de la especie;

c) colaborar en el desarrollo y la aplicación de programas conjuntos de investigación a nivel subregional o regional para apoyar la formulación de dictámenes de extracción no perjudicial que tengan en cuenta toda la mortalidad por pesca, promover actividades de investigación y fomento de capacidad pertinentes a través de los organismos regionales de ordenación pesquera y movilizar recursos financieros para la recopilación de datos;

d) promover y colaborar en el desarrollo y aplicación de programas públicos de educación y sensibilización sobre la conservación y uso sostenible de S. gigas;

e) continuar colaborando en la exploración de formas de mejorar la trazabilidad de especímenes de S. gigas en el comercio internacional, incluyendo, sin limitarse a ello, los certificados de captura, los sistemas de etiquetado y la aplicación de técnicas genéticas y considerar compartir experiencias pertinentes con la Secretaría, las Partes y el Comité Permanente, según proceda, en el contexto de los debates sobre sistemas de trazabilidad para el comercio de especies incluidas en los Apéndices de la CITES;

f) colaborar para combatir las actividades de pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR);

g) compartir experiencias relevantes sobre sistemas de trazabilidad de especímenes de Strombus gigas;

h) compartir información sobre el comercio ilegal de caracol pala, incluidas las actividades de seguimiento y observancia, según proceda; y

i) proporcionar informes sobre los progresos de las actividades a) a h) al grupo de trabajo CFMC/OSPESCA/COPACO/CRFM/CITES sobre el caracol pala.