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Decisión VI/3: Asuntos financieros: Informes financieros y presupuestos

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
VI/3
Fecha
Nov 29, 2002
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono (Mar 22, 1985)
Reunión
Sixth meeting of the Conference of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

1. Encomiar a la Secretaría por la excelente labor que viene realizando desde un comienzo en la administración de las finanzas del Fondo Fiduciario para el Convenio de Viena y la gran calidad de la documentación sobre el tema presentada a la reunión;

2. Tomar nota con reconocimiento del informe financiero del Fondo Fiduciario correspondiente al bienio 2000-2001 y del informe sobre los gastos incurridos en 2001 respecto del presupuesto aprobado para ese año, conforme figura en el documento UNEP/OzL.Conv.6/4;

3. Aprobar el presupuesto del Fondo Fiduciario en la cuantía de 449.690 dólares para 2003, 559.689 dólares para 2004 y 1.233.169 dólares para 2005 y tomar nota de las estimaciones presupuestarias por la suma de 556.299 dólares para 2006, conforme se establece en el anexo I del informe de la sexta Conferencia de las Partes;

4. En primer lugar, extraer la suma de 100.000 dólares en los años 2004, 2005 y 2006 del saldo del Fondo con el fin de disminuir ese saldo (incluido el ingreso por concepto de intereses devengados anualmente);

5. En segundo lugar, extraer también del saldo no utilizado correspondiente al año 2001, la suma de 79.100 dólares en 2003 y de 76.886 dólares en 2005;

6. Asegurar que, como consecuencia de las sumas utilizadas a que se hace referencia en los párrafos 4 y 5 supra, las contribuciones que han de abonar las Partes ascenderán a 295.590 dólares para 2003, 459.689 dólares para 2004, 1.056.283 dólares para 2005 y 456.299 dólares para 2006, conforme se establece en el anexo I del informe de la sexta Conferencia de las Partes. Las contribuciones de cada una de las Partes serán las que figuran en el anexo II del presente informe;

7. Instar a todas las Partes a que hagan efectivas sus contribuciones pendientes de pago, así como sus futuras contribuciones, con prontitud y en su totalidad;

8. Enmendar el párrafo 4 del mandato para la administración del Fondo Fiduciario para el Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono reemplazando la tasa de prorrateo del 25% por una tasa del 22%, de conformidad con lo dispuesto en la resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas a través de su decisión A/RES/55/5 B - F, de 23 de diciembre de 2000;

9. Pedir al Director Ejecutivo que prorrogue la vigencia del Fondo Fiduciario para el Convenio de Viena hasta el 31 de diciembre de 2010.