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Conservación de anfibios (Amphibia spp.)

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
19.197
Fecha
Nov 25, 2022
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Especies silvestres y ecosistemas
Tratado
Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (Mar 3, 1973)
Reunión
Nineteenth meeting of the Conference of the Parties
Página web
cites.org
Resumen
La Secretaría, sujeto a la disponibilidad de recursos externos y en estrecha consulta con el Comité de Fauna, deberá: a) impartir uno o más talleres interdisciplinarios para las Autoridades de la CITES y otras autoridades competentes y partes interesadas sobre las especies de anfibios objeto de comercio internacional, en particular para alcanzar los siguientes objetivos: i) identificar las especies de anfibios que son objeto de comercio internacional y evaluar si deberían recomendarse determinadas especies o grupos para su posible inclusión en los Apéndices; ii) intercambiar la legislación nacional vigente sobre el comercio de anfibios; iii) evaluar si los niveles actuales de comercio son compatibles con la conservación de estas especies en el medio silvestre; iv) reunir más datos sobre los niveles de captura de los anfibios objeto de grandes volúmenes de comercio internacional; v) estudiar la amenaza emergente de enfermedades que afectan a los anfibios objeto de comercio, en particular, el hongo quitridio y el ranavirus; y vi) examinar las actuales iniciativas de aplicación de la ley para disuadir y detectar el comercio ilegal y no declarado y determinar las medidas adicionales necesarias; b) estudiar modalidades para aplicar esta decisión de manera rentable, inclusive mediante la organización de eventos en línea; e c) informar al Comité de Fauna sobre los progresos realizados en la aplicación de los párrafos a) y b) supra, incluidas las recomendaciones pertinentes.