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Resolución Nº 58/012 - Dispónese con carácter obligatorio entre el 1º y el 31 de mayo de 2012, la vacunación contra la Fiebre Aftosa de las categorías bovinas menores de dos años.

Pays/Territoire
Uruguay
Type du document
Règlement
Date
2012
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial Nº 28.457, 26 de abril de 2012, págs. 6 y 7.
Sujet
Bétail
Mot clé
Vaccination Bovins Santé des animaux Parasites/maladies Transport/dépôt
Aire géographique
Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud
Résumé

A fin de preservar la situación sanitaria del país, la presente Resolución dispone con carácter obligatorio la vacunación contra la fiebre aftosa de las categorías bovinas menores de dos años, disponiendo asimismo que a partir del 16 de mayo podrán movilizarse únicamente los bovinos que hayan sido vacunados por lo menos con 15 días de anticipación al movimiento.

Texte intégral
Espagnol