Resolución Nº 481 - Listado de malezas prohibidas y objetables para la internación y comercio de semillas. Pays/Territoire Chili Type du document Règlement Date 1991 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial, 26 de abril de 1991. Sujet Plantes cultivées Mot clé Protection des végétaux Matériel de reproduction/semences Commerce international Mauvaises herbes Production végétale Aire géographique Amériques, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé La presente Resolucion dispone que no podrá comercializarse semillas de cultivo que contengan semillas de especies consideradas malezas prohibidas en el país. Toda partida de semillas que se interne deberá contar con un certificado de análisis de pureza emitido por laboratorios de la Asociación Internacional de Análisis de Semillas (ISTA), o en su defecto, por un laboratorio oficial del país de origen, en el que deberá mencionar expresamente que la partida está libre de semilla de malezas prohibidas en Chile y además, que está libre de semillas de malezas consideradas prohibidas en el país de origen. Texte intégral Espagnol Références - Législation Amendé par Resolución Nº 2.823 - Modifica Resolución Nº 481, sobre listado de malezas prohibidas y objetables para la internación y comercio de semillas. Législation | Chili | 1999 Mot clé: Matériel de reproduction/semences, Commerce international, Mauvaises herbes, Production végétale Source: FAO, FAOLEX