Resolución Nº 2.602 - Exigencias sanitarias para la internación a Chile de animales de zoológico. Pays/Territoire Chili Type du document Règlement Date 1997 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Diario Oficial Nº 35.915, 13 de noviembre de 1997, pág. 5. Sujet Bétail Mot clé Parasites/maladies Santé des animaux Commerce international Protection des animaux Aire géographique Amériques, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé La presente Resolución dispone que los animales, con excepción de las aves, que se importen al país para ser exhibidos en zoológicos, deberán venir amparados por un certificado oficial, otorgado al momento del embarque por la autoridad sanitaria competente del país de procedencia, que indique el país, la especie animal, el establecimiento de origen, el número e identificación de los animales (raza, sexo, edad, marcas y señales), el consignatario y la identificación del medio de transporte. Asimismo, deberá acreditar entre otras cosas que la región de procedencia se encuentra libre de las enfermedades de la lista A de la Oficina Internacional de Epizootias que afectan o son susceptibles de ser transmitidas por la especie, y que los animales han permanecido desde su nacimiento o al menos durante los últimos 6 meses en territorio del país exportador en una región que no ha estado durante ese período sujeta a restricciones cuarentenarias por enfermedades que afectan a la especie. Texte intégral Espagnol