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Resolución Nº 186/012 - Dispónese que a partir del 1º de enero de 2013, los veterinarios de libre ejercicio que participen en actividades relativas al área de laboratorio para el diagnóstico primario de Brucelocis bovina, deberán estar acreditados ante la Dirección General de Servicios Ganaderos.

Pays/Territoire
Uruguay
Type du document
Règlement
Date
2012
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial Nº 28.597, 16 de noviembre de 2012, pág. 5.
Sujet
Bétail
Mot clé
Santé des animaux Parasites/maladies Autorisation/permis Enregistrement
Aire géographique
Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud
Résumé

La presente Resolución dispone que, a partir del 1º de enero de 2013, los veterinarios de libre ejercicio que participen en las actividades relativas al área de laboratorio para el diagnóstico primario de brucelosis bovina, deben estar acreditados ante la Dirección General de Servicios Ganaderos. En consecuencia, a partir de la misma caducarán todas las autorizaciones, habilitaciones y registros para actuar en dicha área y únicamente se aceptará la actuación y certificación, por médicos veterinarios acreditados.

Texte intégral
Espagnol