Resolución Nº 16/INEFAN - Normas para patente de funcionamiento de las industrias forestales y establecimiento de comercio de madera. Pays/Territoire Équateur Type du document Règlement Date 1994 Source FAO, FAOLEX Source d'origine Registro Oficial Nº 618, 24 de enero de 1995. Sujet Forêts Mot clé Coupe de bois/exploitation forestière Concession Bois Procédures judiciaires/procédures administratives Enregistrement Transport/dépôt Royalties/redevances Gestion forestière/conservation des forêts Aire géographique Amazone, Amériques, États Andean, Pacifique du Est, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Pacifique du Sud-Est Résumé La presente Resolución, que consta de 4 capítulos, 29 artículos, 1 disposición transitoria y 1 anexo, dispone que las industrias forestales y los establecimientos dedicados a la actividad comercial interna y de exportación de la madera en su estado primario, tales como aserraderos, depósitos y otros establecimientos o empresas, deberán obtener patente de funcionamiento otorgada por el Instituto Ecuatoriano Forestal de Areas Naturales y Vida Silvestre (INEFAN), que tendrá una duración de 24 meses; quedan exceptuados de esta obligación los artesanos de la madera debidamente registrados como tales (art. 1º). Para efectos de aplicación de las sanciones se admitirá una tolerancia del 10 por ciento respecto a los cálculos y estimaciones relacionadas con la patente (art. 8º). Asimismo, dispone que para el aprovechamiento de bosques de producción de madera se otorgarán licencias a los propietarios, posesionarios y copartícipes del aprovechamiento, sean éstos personas naturales o jurídicas, que tendrá una duración de 24 meses (art. 10). Para la movilización de productos forestales dentro del territorio nacional se requerirá de una guía de circulación (art. 20). Texte intégral Espagnol