Ecolex Logo
Le portail au
droit de l'environnement
Résultats de la recherche » Législation

Resolución Nº 118/012 - Dispónese que todos los establecimientos agropecuarios dedicados a la recría de ganado bovino lechero de terceros, deberán registrarse en la División Sanidad Animal dentro del plazo que se determina.

Pays/Territoire
Uruguay
Type du document
Règlement
Date
2012
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Diario Oficial Nº 28.532, 15 de agosto de 2012, págs. 6 y 7.
Sujet
Bétail
Mot clé
Bovins Enregistrement Production animale
Aire géographique
Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud
Résumé

La presente Resolución establece que los establecimientos agropecuarios que se dediquen a la recría de ganado bovino lechero de terceros, en el territorio nacional, en cualquier modalidad de funcionamiento (ya sea a capitalización, por administración propia ó autogestión) deben registrarse en la División Sanidad Animal (Servicios Ganaderos Zonales o Locales de ubicación del establecimiento) dentro del plazo de 30 días a partir de su entrada en vigencia.

Texte intégral
Espagnol