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Resolución del Instituto Nacional de Vitivinicultura Nº 26/2007 - Establécese que se podrán exportar vinos nuevos que se encuentren enológicamente estables, siempre que estos posean un grado alcohólico igual o superior a once coma cinco por ciento volumen sobre volumen.

Pays/Territoire
Argentine
Type du document
Règlement
Date
2007
Source
FAO, FAOLEX
Source d'origine
Boletín Oficial Nº 31.278, 9 de noviembre de 2007.
Sujet
Alimentation et nutrition
Mot clé
Viticulture/pratiques vinicoles Normes Commerce international
Aire géographique
Amériques, Amérique latine et Caraïbes, Amérique du Sud, Atlantique Sud
Résumé

La presente Resolución establece las condiciones bajo las cuales podrán exportarse vinos nuevos que se encuentren enológicamente estables. Las condiciones se refieren al porcentaje mínimo del grado alcohólico y a la comunicación que debe ser transmitida al Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Texte intégral
Espagnol
Site web
www.infoleg.gov.ar